7 Claves para Entender la Nueva Ley de Alquileres y Cómo Impactará a la Actividad Inmobiliaria en Concordia

¿Cómo afectará la nueva ley de alquileres  a la actividad inmobiliaria en Concordia?
¿Cuánto habrá que pagar de comisión inmobiliaria?
¿Cuál será el plazo mínimo de los contratos de aquí en adelante?
¿Cada cuanto se renovarán los contrato y cuál será el tope máximo?

 

Por: Jose R. Filippi Farmar 22/09/2016

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El senado de la nación aprobó por unanimidad un proyecto de ley que plantea modificaciones al código civil y comercial de la Nación en cuanto a los contratos de alquileres.

De prosperar este proyecto, y aprobarse la nueva ley de alquileres, el mercado  locativo se manejará con nuevas reglas.

Veamos primero cuales son los puntos claves que trata este proyecto de ley y al final un resumen de cómo impactarían estas modificaciones, en caso de aprobarse, al mercado de alquileres en Concordia.

 

Nueva ley de alquileres: los siete elementos a tener en cuenta:

 

1. Plazo mínimo

El plazo mínimo legal de los contratos de locación pasan a ser de tres años para todos los destinos. Hasta ahora para los contratos de locación de viviendas el plazo mínimo es de dos años.

 

2. Actualización

La actualización del monto del alquiler será anual y se fijará en base a un nuevo índice que se calculará a partir  de la evolución de precios al consumidor (IPC) y al coeficiente de variación salarial (CVS). En caso de aprobarse esta nueva ley de alquileres ya no podrán realizarse ajustes semestrales.

 

3. Comisión Inmobiliaria

De participar una inmobiliaria en la operación, esta podrá cobrar de comisión solo un mes de alquiler como máximo si no está establecido ya dicho porcentaje en la jurisdicción.

 

4. Mes adelantado

No puede requerirse del locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes. 

 

5. Depósito en garantía

El depósito máximo que podrá solicitarle el propietario al inquilino pasará a ser de un mes, además al finalizar el contrato el propietario deberá devolver el monto actualizado. 

 

6. Rescisión del contrato

El inquilino puede rescindir el contrato anticipadamente pagando una multa equivalente a un mes y medio de alquiler durante el primer año y de un mes luego de pasado el primer año.

 

7. Impuestos y expensas extraordinarias

El proyecto define expresamente que el inquilino no tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que graven la cosa (Impuestos Municipales, provinciales etc.), ni las expensas extraordinarias.

 

En resumen:

Para el mercado de alquileres en concordia, solo habrá tres cambios en caso de aprobarse la nueva ley de alquileres:

El plazo mínimo para locación de viviendas que pasará de dos a tres años.

La actualización del contrato, que sólo podrá hacerse una vez al año y de acuerdo al nuevo índice de actualización.

Y la prohibición de trasladar las cargas del inmueble al inquilino.

Con respecto a la comisión inmobiliaria, mes adelantado, depósito en garantía, y rescisión del contrato, no habrá modificaciones puesto que (salvó alguna excepción) ya se viene trabajando de la manera que establece esta nueva normativa.

 

Si tenés alguna duda o necesitas ayuda para comprar, vender o alquilar un inmueble, comunicate conmigo a los teléfonos 422-9381154-957608 o enviame un email a:   jose@filippifarmar.com

 

 

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José R. Filippi Farmar, fundador y titular de Filippi Farmar Servicios Inmobiliarios. Martillero Público, Corredor Inmobiliario y Tasador de Inmuebles.

 

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