Cómo Calcular el Aumento de los Alquileres con el Nuevo Índice de Contratos de Locación I.C.L.
En esta nota te contamos cómo se realiza el cálculo para ajustar los alquileres utilizando el nuevo Índice de Contratos de Locación.
Por: Jose R. Filippi Farmar 18/11/2020

Cómo Calcular el Aumento de los Alquileres con el Nuevo Índice de Contratos de Locación I.C.L.
Si sos propietario o inquilino seguramente habrás escuchado que a partir de la nueva ley de alquileres se modificó la forma de ajustar el valor del alquiler, y efectivamente es así.
La nueva Ley establece que en los contratos de locación con destino habitacional, los ajustes del canon locativo deben realizarse en forma anual y deben ser calculados en base a un índice especial que debe elaborar y reglamentar el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Es decir, ya no se permiten los ajustes semestrales y escalonados como se venían realizando.
Conforme a esto, el BCRA aprobó el Índice para contratos de locación (ICL) a través de la Comunicación “A” 7096 del 27 de agosto de 2020, el cual deberá ser utilizado como método de cálculo del ajuste anual para los contratos de locación de inmuebles con destino habitacional que sean firmados a partir del 1 de julio de 2020.
Pero la pregunta que surge, y ya hemos tenido varias consultas al respecto, es como se realiza el cálculo a partir de este nuevo índice, y para dar respuesta vamos a poner un ejemplo:
Supongamos que tenemos un contrato que inicio el 01/09/2020 y el primer ajuste se debe realizar al año, es decir el 01/09/2021 y que el valor del alquiler es de $10.000.
Para realizar el cálculo tenemos que seguir dos pasos muy simples:
Cómo calcular el aumento de los alquileres con el Nuevo Índice de Contratos de Locación I.C.L. PASO 1
En primer lugar debemos calcular cuál fue la variación que tuvo el índice durante el primer año de alquiler.
Para esto tenemos que ingresar a la página del Banco Central y tomar el valor del índice correspondiente al primer y último día del periodo que queremos calcular y luego realizar el cociente entre ambos.
Para nuestro ejemplo el 01/09/2020 el ICL es de 1.02 y supongamos que para el 01/09/2021 el valor del ICL es de 1.3.
Entonces:
Porcentaje de Variación del ICL = Coeficiente del ICL correspondiente a la fecha de actualización del alquiler / Coeficiente del ICL correspondiente a la fecha de comienzo de la locación.
Porcentaje de Variación del ICL= 1.3 / 1.02 = 1.27
Esto nos indica que la variación del ICL durante el primer año de alquiler fue de 27%.
Cómo calcular el aumento de los alquileres con el Nuevo Índice de Contratos de Locación I.C.L. PASO 2
El siguiente paso es calcular el valor actualizado del alquiler. Para esto solo tenemos que multiplicar el ICL que obtuvimos en el paso anterior por el valor del alquiler que para este caso es de $10.000
Valor del alquiler actualizado = $ 10.000 * 1.27 = $12.700
Entonces, a partir del segundo año el valor del alquiler será de $12.700
Esta es la manera en que se deberá calcular de ahora en más los ajustes de los alquileres, esperamos que te haya sido de utilidad.
Cualquier consulta al respecto podes dejarnos un comentario al final de la nota.
Si te resultó útil esta nota, te invitamos a que nos dejes un comentario al final. Nos interesa tu opinión!

José R. Filippi Farmar, fundador y titular de Filippi Farmar Servicios Inmobiliarios. Martillero Público, Corredor Inmobiliario y Tasador de Inmuebles.
No entiendo nada. Me podría explicar. Gracias
Hola Tomas, gracias por tu consulta.
Para realizar el cálculo del aumento del alquiler tenés que seguir dos pasos:
1- Calcular la variación del índice durante el año.
Para esto tenés que realizar el cociente (división) entre el valor del índice correspondiente al primer día del periodo que querés calcular y el valor del índice correspondiente al último día de ese periodo. (Los valores del índice los buscas en la página del Banco Central).
2- Calcular el valor actualizado del alquiler.
Para esto tenés que multiplicar el resultado que obtuviste en el paso anterior por el valor del alquiler hasta ese momento. Como resultado tendrás el valor actualizado del alquiler.
En la nota hay un ejemplo paso por paso, si aun así no te queda claro podes comunicarte con migo al 154-957608, no tengo problemas en explicártelo.
Saludos.
Clarísima la explicación, solo te marco un error de tipeo, porque en la cuenta se nota que usaste 1,02:
«Porcentaje de Variación del ICL= 1.3 / 1.01 = 1.27»
Donde dice 1,01 debería decir 1,02, no?
Más allá de eso, te agradezco le explicación que es muy clara.
Por otra parte, siguiendo el ejemplo, al segundo año la cuenta sería:
supongamos que «1,6»/1,3= 1,23
12.700 * 1.23 = $ 15.621
Gracias por bajar a tierra algo que he visto explicado de maneras mucho más complejas en otras páginas.
Hola Darío, muchas gracias por marcarme el error, efectivamente me equivoque al tipear. Lo voy a corregir.
En cuanto al calculo que realizaste para el segundo año esta perfecto.
Me alegro que la nota te haya sido útil, justamente esa es la idea del blog.
Saludos.
Hola, muchas gracias por la explicación, es muy clara! que buen blog este!
Ahora, hay una cosa q no me queda clara: hice el calculo con los valores reales publicados por el BCRA, para ver cuanto daba de aumento en los 6 meses que tiene de vigencia este indice, para ver cuanto era el aumento real en 6 meses de contrato (a pesar de que, por supuesto, el calculo y el aumento siempre se harán anualmente), pero lo hice para tener una noción y saber estimativamente cuanto serán los aumento en términos reales, ya que sabiendo cuanto es el aumento en 6 meses, uno puede estimar cuando serán el aumento anual, aproximadamente.
Entonces: Suponiendo que el monto del alquiler es $25.000
1/7/2020: 1,00 ICL
31/12/2020: 1,13 ICL
1,00 / 1.13= 0,88
Y aca, me mareé.. es decir, si calculo el alquiler de 25.000 x 0,88 me da 22.000, o sea menos del alquier actual, por lo que no tiene sentido.
Por ende, ese 0,88 sería un 8,8% en 6 meses de alquiler? si es si, sería 25.000 x 1,088= $27.200 (la verdad que si es asi, es poquisimo un aumento de 8,8% en 6 meses; anualmente se proyectaria en un 18% aprox? es realemnte poco, no?)
Gracias !!!
Hola Agustina, gracias por leer el blog.
Hay un error en el cálculo que estás haciendo cuando dividís los índices.
Para tu ejemplo el cálculo sería así:
1/7/2020: 1,00 ICL
31/12/2020: 1,13 ICL
1,13 / 1= 1.13 (vos lo hiciste al revés).
Entonces $25.000 * 1.13 = $28.250
Con lo que el aumento es del 13% en esos 6 meses, bastante parecido a la inflación de ese periodo que fue del 18% aprox. No es igual porque el índice también tiene en cuenta el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
Espero haber despejado tu duda, sino házmelo saber.
Saludos.
Buenas tardes, clarísimo todo. Pero la pregunta es, de dónde surge que el calculo debe hacerse ASÍ? Es decir, hay reglamentación al respecto?
Hola Jennifer, gracias por leer el blog.
La nueva ley lo que establece es que los alquileres destinado a uso habitacional deberán ajustarse anualmente a partir de un índice conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte) que deberá ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Ahora si tu pregunta va referida específicamente a como realizar el cálculo, la ley no especifica como hacerlo, simplemente surge de aplicar el índice matemáticamente. Es decir, no hay una reglamentación especifica de como hacer el cálculo, o por lo menos yo no la conozco.
Espero haber respondido a tu pregunta.
Saludos.
Buen día,
La duda que me surge es cómo sé qué % calcular para el aumento de 2022 si los índices se van publicando día día.
Yo tengo que renovar contrato en febrero de este año, por lo que entiendo de la ley, el precio de 2021 lo indica el propietario, digamos $20.000 por poner un ejemplo. El primer ajuste debería ser en febrero de 2022, ¿cómo hago para calcular el aumento según ICL si no se sabe cuál será este número hasta llegado el momento?
Gracias
Hola Celeste, gracias por leer el blog.
El aumento recién lo vas a poder calcular llegado el momento de ajustar el precio.
En tu caso, si tenés que renovar el contrato en febrero de este año, acordás un precio para el primer año (2021) y recién en febrero de 2022 vas a poder calcular el aumento de acuerdo al ICL de ese momento, lo mismo para el tercer año.
Espero haber sido claro, cualquier duda me consultas nuevamente.
Saludos.
Buen día, encuentro todo clarísimo la duda me surge cuando tengo que cumplir el segundo año ahora en Marzo y el propietario me indica un precio que no estaría entendiendo de donde saca ese porcentaje
Por ejemplo: El alquiler es de $17000
1/07/2020 : 1,00 ICL
1/02/2021: 1,17 ICL
1,17 / 1,00 =1.17 ICL
17000 × 1.17 = 19,890
Hasta donde entendi eso es lo que me tendria que haber aumentado en 6 meses, ¿o sea que para un año ese porcentaje lo multiplica por 2 que serian los 12 meses? o
¿Como seria el cálculo para saber ese porcentaje?
Gracias
Hola Leonela, gracias por leer el blog.
Recordá que esta metodología para calcular el ajuste de los alquileres es para contratos que hayan iniciado a partir del 01 de Julio de 2020.
Por lo que entiendo tu contrato inició con anterioridad a esa fecha con lo cual no es aplicable el ajuste mediante ICL.
Para ayudarte mejor indícame cuando empezó tu contrato. ¿En el mismo no está establecido como se ajustara el precio?
Espero tu comentario, saludos.
buenas, vi su blog y explica muy bien.
lo que no entiendo es que sucede con los casos de alquileres que hayan sido firmados antes de la fecha de 07/2020. tengo un alquiler comercial, que inicio 12/1019 y no se como proceder a los aumentos. agradeceria su ayuda.
Hola Lucia, gracias por leer el blog.
No me queda claro si eres propietaria o inquilina asi que voy a responder de manera general.
Para los contratos firmados antes del 01/07/2020 los aumentos se aplicaran de acuerdo a lo pactado en el mismo contrato.
En tu caso si el contrato inició el 12/2019 tendrás que respetar los aumentos pactados en el contrato hasta que el mismo finalice.
Otra cosa que me gustaría aclararte es que el cambio en la forma de ajustar el precio es solo para contratos locativos destinados a vivienda. En el caso de locales comerciales todo sigue igual.
Es decir, propietario e inquilino pueden pactar libremente como se irán realizando los aumentos durante la vigencia del contrato.
Espero haber sido claro, si aun te quedan dudas consultame nuevamente.
Saludos.
Hola consulta… es el mismo calculo para el tercer año?
Hola Cintia, gracias por leer el blog…
Efectivamente, el cálculo se realiza de la misma manera para el tercer año también.
Saludos.
Y entonces se pone el coeficiente actualizado por el tercer año / el coeficiente del comienzo de la fecha de contrato?
Cintia, supongamos que el contrato inicia el 01/01/2020, entonces:
Primer año: 01/01/2020 al 31/12/2020
Segundo año: 01/01/2021 al 31/12/2021
Para calcular el aumento del tercer año tenés que usar el coeficiente correspondiente al 31/12/2020 y el correspondiente al 31/12/2021.
Buenas noches
Soy propietaria el contrato inicio el 07-03-2020 . Se fijaron los montos mensuales sólo para el primer año y se dejo estipulados que los montos del segundo año que iniciaría el 07-03-2021 se pactarían oportunamente. No se aclaró más nada. Cómo tendría que hacer el ajuste del alquiler
Durante los seis primeros meses se pagó $15.000 y los 6 meses siguientes 17.5000. Cuánto debería cobrar a partir de marzo y puedo aumentar a los seis meses como era antes?, puesto que el contrato inicio antes de la nueva ley.
Hola Eli, gracias por leer el blog…
Como el contrato se firmó antes de que entre en vigencia la nueva ley podes seguir con lo pactado en el contrato.
Si lo que se acordó es que el precio del segundo año se pactara oportunamente tendrás que llegar a un acuerdo con el inquilino en cuanto al aumento, el cual lo podrías hacer como el primer año. Es decir aumentando cada seis meses en el orden del 15% semestral.
Me resulta rarísimo que no se haya acordado los aumentos para todo el periodo del contrato, ¿de dónde sos? ¿el contrato es comercial o habitacional?
Hola! En el tercer año de contrato, el cálculo se hace sobre la base del contrato (lo abonado el primer año) o sobre lo abonado en el segundo (con el aumento según la fórmula)?
Muchas gracias!
Hola Macarena, gracias por leer el blog…
Para el tercer año de contrato el cálculo se realiza sobre lo que se viene abonando en el segundo año.
Saludos.
Hola genio !! Mi contrato empezó marzo 2020, (9500$ mensuales) no me hicieron el ajuste semestral me lo iban hacer una vez por Año con un 30% . Ahora este mes me deberían hacer una actualización según el ICL / RIPTE o como se llamen o no ? Cómo sería el cálculo de lo q debería abonar este mes según la nueva ley ? El 30% anual más el RiPTEo ICL ? No comprendo . De donde saco para hacer el cálculo y ver si está bien ? Mil graciasssss Agradezco tu ayuda
Hola Nora, gracias por leer el blog…
El ajuste por ICL es solo para contratos que hayan iniciado a partir del 01/07/2020.
Si tu contrato empezó en Marzo del 2020 el ajuste se debería realizar de acuerdo a lo pactado en el contrato sin tener en cuenta el ICL.
Si habían acordado un aumento del 30% anual, eso es lo que te deberían aumentar el alquiler, con lo cual pasaría de $9500 a $ 12350.
Saludos.
Mil graciasssss por tu asesoramiento excelente ❤️
De nada, estamos a disposición para lo que necesites.
saludos.
Hola. Es la mejor explicación que he leído hasta el momento. Desde ya gracias. Para estar segura necesito saber cómo sería el calculo mensual.
Estoy por empezar a pagar un terreno que su cálculo de cuota será mensual a través de este mismo sistema. Por lo cual, si inicio el pago con una cuota de 13.005 pesos hoy 3/03/2021 con ICL 1,20 para el mes siguiente, cuál sería el aumento?
Tendría que hacer la misma fórmula con el valor de ICL del mes de abril ?
Un ejemplo sería así?
03/03/2021 ICL 1,20
03/04/2021 ICL 1,22 (valor hipotético)
1,22/1,20= 1,01
13.005 x 1,01= 13.135 eso debería pagar?
Y así cada mes no? Muchas gracias
Hola Daniela, gracias por leer el blog…
Esta perfecto el cálculo que hiciste y efectivamente lo tenes que repetir mes a mes.
Saludos.
Hola, muy buena la explicacion. Te quería consultar sobre la renovacion de un contrato de alquiler. Yo tengo un contrato vigente que vence en abril y lo vamos a renovar. El nuevo contrato va a ir aumentando anualmente según este índice… Queria saber si el valor inicial del alquiler de este nuevo contrato lo decide el locador al precio que considere o tiene alguna restricción? Mil gracias!!
Hola Daniela, gracias por leer el blog…
Si, si es un contrato nuevo el valor inicial básicamente lo decide el locador y no tiene restricción. No obstante lo ideal seria que puedan llegar a un acuerdo entre las dos partes.
Saludos.
En ningún lugar encontré información tan clara! Gracias!
Hola Marcela, me alegra que la nota te haya resultado útil.
Saludos.
Excelente la nota. Concisa y clara. Saludos
Anabella
Hola, si alquile en septiembre 2020, me corresponde el aumento? Según índice del banco.
Hola Monica, gracias por leer el blog…
Efectivamente, si el contrato inició en Septiembre 2020 corresponde un aumento anual de acuerdo al índice del Banco Central ICL.
Saludos.
Hola José, muchas gracias por ayudarnos. No hay mucha información y es bastante confuso para quienes no estamos en el tema.
Gracias por tu aporte, me aclaraste cómo hacer el cálculo de redeterminación.
Consulta, la re-determinación hay que comunicarla de manera formal o simplemente con un whatsapp es suficiente y el inquilino debe cumplir?
Hola Lucas, gracias por leer el blog, me alegro que te haya resultado útil.
Seguramente en el contrato que has realizado figura una clausula donde se precisa formalmente el precio del primer año de alquiler y la manera en que éste se actualizará anualmente mediante el índice el BCRA.
Ahora, llegado el momento, el nuevo importe no es necesario informarlo formalmente. Podes hacerlo de la manera que quieras incluso por whatsapp.
Saludos.
Hola José! muchas gracias por tu explicación! muy clara y concreta.
soy propietaria en renové contrato de locación por 3 años con vigencia desde 1ro abril 2020, indicado que el ajuste es anual usando el ICL. Me toca ajustar el 31 de marzo 2021. Cómo calculo el índice ICL dado que está publicado a partir del 1 de julio de 2020? El valor del alquiler durante el primer año fue de 13000.
Te agradezco tu orientación… ya navegué todas las pag de BCRA y no encuentro los valores a usar…
Saludos, Andrea
José para ser más específica, encuentro todos los valores de la fórmula del ICL del BCR, sólo que no sé que valor usar para k….
Ft = ((IPCj-2/IPCj-3) x 0,5 + (RIPTEj-2/RIPTEj-3) x 0,5) elevado a la (1/k)
donde:
Ft = factor diario de actualización del Índice para Contratos de Locación (ICL).
k = número de días correspondiente al mes en curso.
j = mes en curso.
Gracias!!!
Hola Andrea, gracias por leer el blog…
En primer lugar no entiendo porque hicieron un contrato con aumento anual y actualización mediante ICL si el mismo es anterior al 01/07/2020.
El problema que se te presenta es que no tenés el valor del ICL para los meses de Abril, Mayo y Junio. El resto lo encontrás en la página del BCRA (esta en la página de inicio del BCRA donde dice principales variables, entras donde dice “ICL Ley – 27.551” y ahí podés seleccionar por fecha).
Para el 01/07/2020 es 1 y para hoy 09/03/2021 es 1.21.
Vos lo que estás tratando de hacer es calcular el ICL con esa fórmula lo cual es más complicado. Yo no la he analizado pero entiendo que k se refiere a cuántos días tiene el mes en curso (para Marzo sería 31) aunque no estoy seguro.
Lo que podrías hacer, para no complicarte tanto, es hacer la actualización tomando los valores del índice para el 01/07/2020 y 31/03/2021 y a eso sumarle la inflación de los meses donde no tenés el índice, aunque para esto tendrías que llegar a un acuerdo con tu inquilino.
Espero haber sido claro, sino me escribís de nuevo…
Saludos.
Hola, pero deberán cumplir justo al año de alquiler o si deberán aumentar, aún no cumplo el año sept.2020 al septiembre 2021
Si, el aumento te lo tienen que hacer una vez cumplido el primer año de alquiler, es decir, a partir de Septiembre de 2021.
Clarísimo José!!! Es una buena y equitativa forma de salvar la falta de publicación del ICL anterior a julio 2020.
Mil gracias por tu pronta respuesta.
Saludos, Andrea
Hola José!!!! me ayudas a calcular?…… hoy estoy pagando un 2 ambientes $12.800 + TODOS los impuestos del dto. En abril renuevo contrato, lo cual no quieren renovarme por 3 años si no por 2 con un aumento anual. Pero me aumentarían a $22.000 ya que la propietaria se haría cargo del impuesto municipal esta vez. Asique tengo un aumento del 72%!!!! es legal??? como se calcula lo que debería abonar realmente?…. y el aumento anual del siguiente año ?
GRACIAS
VANESA
Hola Vanesa, gracias por leer el blog…
Si es una renovación, es decir se va a redactar un contrato nuevo, te pueden aumentar a ese importe que mencionas (no hay restricción al respecto). Ahora lo que no corresponde es hacerlo por 2 años, debería ser mínimo por 3 años como lo establece la Nueva Ley de Alquileres.
Con respecto a los aumentos anuales lo deben calcular mediante el ICL como se indica en la nota, pero tenés que esperar hasta que se cumpla el primer año de alquiler para tener disponibles los valores de ICL correspondientes.
Espero haber sido claro, si quedaron dudas me escribís nuevamente.
Saludos.
Muchas gracias José!!!! Saludos
Hola. Perdón pero no entiendo.. me podrían ayudar a calcular ustedes?
En noviembre tuve el último aumento semestral del 15%. Estoy pagando $10.500 y en mayo debería renovar el contrato… a cuanto se va el aumento?
Les agradezco mucho se me pueden ayudar
Saludos
Hola Verónica, gracias por leer el blog…
En las renovaciones el propietario tiene libertad de subir el precio en el monto que el considere (no hay regulación al respecto), con lo cual es imposible saber a cuanto te lo va a subir. Luego los aumentos anuales si se deben calcular mediante ICL.
Saludos.
Gracias. El tema es que en enero me dijo que aumentaba el 30% y ahora me dice un 45%. Vere si puedo negociar.
Gracias por la respuesta
Hola, mil gracias… realmente me quedo clarísima la explicación. Solo quisiera despejar una duda… cuando se celebra el contrato se deja establecido que los aumentos estarán condicionados a este índice o hay que definir los montos previamente… se que es una pregunta casi ´´tonta´´ sucede que el inquilino nos esta presentando una garantía de sistema de seguro de caución ´´FINAER´´ específicamente y la empresa nos esta solicitando los montos de alquiler dispuestos para cada uno de los 3 años…. entonces ahí nos surge la incertidumbre.-
Hola Eugenia, gracias por leer el blog…
Efectivamente, en el contrato de especifica el precio del primer año y que una vez al año se realizará un ajuste de acuerdo a este índice, de manera que no es posible establecer de antemano cuánto se pagará en el segundo y tercer año.
Saludos.
Muchísimas gracias… una última duda… respecto del tema de inscripción de los contratos en AFIP… en la página de dicha administración resulta complicado comprender la forma de realizar la tramitación. Tendrá Ud. información sobre como realizar dicho trámite?
Por el momento no me ha tocado registrar ningún contrato con lo cual no tengo experiencia practica de como hacerlo.
Más allá de eso, te paso un link de nuestro blog donde puedes ver paso a paso cómo hacer el registro, está sacado de la página de AFIP. Espero te sirva.
https://filippifarmar.com/como-registrar-un-contrato-de-alquiler-en-afip/
Saludos.
Hola buenas noches! Espero que estés bien!!.. necesito de tu ayuda.. mi contrato de alquiler se termina el 31 de mayo de este año. El monto actual que pagó es de 19.500. Y para renovar me quiere aumentar por un año a 35.000. Según el cálculo que hice por lo que explicas, el aumento sería de 23.400. Hay algún lugar para denunciar esto? Podes orientarme si esta bien el cálculo. Muchas gracias
Hola Cecilia, gracias por leer el blog…
En primer lugar el cálculo que se explica en la nota no aplica para este caso pues tu contrato inició antes del 01/07/2020. Esta metodología se aplica sólo en contratos posteriores a esta fecha.
Y en segundo lugar, si es una «renovación», el precio del nuevo contrato lo establece el propietario sin necesidad de realizar ningún cálculo, no hay regulación al respecto.
Espero haber sido claro saludos.
Hola Jose como estas? Espero que bien.. necesito que me ayudes.. mi contrato vence el 31/05/2021 y para renovar me quieren aumentar un 75% eso es legal?
Si, al ser una renovación lo pueden hacer, no hay regulación al respecto. Lo que te queda es intentar negociar lo mejor posible el precio.
Saludos.
Buenas, me ayudan, actualmente estoy abonando de alquiler 13,700$.
El mes que viene se me vence el contrato y desde la inmobiliaria me dijeron que tengo que abonar a partir de Abril 30,000$ como se si está bien el monto del alquiler ??? Me pareció demasiado más del 100% de aumento, me ayudan entender por favor..
Gracias
Hola Mari…
Al ser una «renovación» de contrato el propietario tiene libertad de fijar el precio que considere conveniente sin tener que regirse por ningún índice. Los los posteriores aumento anuales si deberán hacerse de a cuerdo al ICL.
Saludos.
Hola. No entiendo porque divide los indices cuando supongo se deben restar para saber la diferencia, ya que no son proporciones sino diferencia de indices acumulados. ¿ Me podrias aclarar donde está mi error?
Hola Hernán…
Lo que hay que calcular es que variación porcentual tuvo el índice en un determinado periodo.
Si vos solamente haces una resta me parece que te estaría faltando un paso que es ver qué porcentaje representa esa diferencia con respecto al valor inicial.
Para poner un ejemplo: supongamos que el índice pasa de 1.5 a 2
Entonces: 2 – 1.5 = 0.5 (pero ahora hay que calcular que porcentaje es 0.5 con respecto al valor inicial que es 1.5).
Para esto haces 0.5 / 1.5 = 0.33 y luego lo pasas a porcentaje multiplicando por 100
0.33 * 100 = 33%
La otra manera de hacerlo es como se explica en la nota:
2 / 1.5 = 1.33 (lo que te indica directamente que el porcentaje de aumento fue de un 33%)
Si te fijas, de las dos maneras el porcentaje de aumento te da 33%
Espero haber sido claro y no haberme equivocado con los cálculos.
Saludos.
Ok, entiendo que la formula dada es para calcular proporcionales, quizas mi error es no haber analizado de donde sale ese indice pero tenia entendido que es el promedio entre IPC y Ripte y que el BCRA publica a partir de 1.00 es decir 0% y de ahi en adelante el valor acumulado , o sea la suma de las variaciones, para lo cual el factor siempre es porcentual y por consiguiente mi analisis es hacer la diferencia la cual tambien será un indice porcentual. ¿Debo entender que el indice dado por el BCRA no es el acumulado?
Henan, es correcto que el ICL representa el promedio entre el IPC y el RIPTE, pero el índice no esta expresado en porcentual.
Mas allá de eso le transcribo a continuación un párrafo de la «Comunicación “A” 7096 del BCRA» donde además de explicar como se calcula el ICL, indica como se deben realizar los ajustes entre dos fechas determinada.
«Dada una tabla de ICL diarios, cuando se proceda a computar el ajuste entre dos fechas (entre s y s+r), el factor a aplicar surgirá del cociente entre el coeficiente del día de actualización (s+r) y el coeficiente del día de inicio (s).»
Dice claramente que se debe aplicar el «cociente» entre los coeficientes. Con lo cual creo que quedan despejadas las dudas.
Saludos, y a disposición para lo que necesites Hernan.
Hola, excelente la explicación, para los contratos comerciales también se usan el nuevo indice de contrato de locación o solo están destinados a viviendas , donde lo puedo leer?
Hola Miriam, gracias por leer el blog…
El índice de contratos de locación ICL es obligatorio solo para contratos habitacionales. Los contrato comerciales se pueden indexar libremente, con lo cual también se podría utilizar el ICL si se quisiera pero no es obligatorio.
Saludos.
Hola Excelente explicación. cómo se por ej tengo indice del año pasado superior al actual. segun el calculo seria asi 03/2021 1.22 y 10/2020 1.5
1.22/1.5= 0.81 como se aplica a un alquiler de $ 16000.- Gracias
Hola Gisele, gracias por leer el blog…
Me parece que tenés un error, para el 01/10/2020 el índice indica 1.05 (que no es igual a 1.5) para lo cual el calculo sería:
1.22 / 1.05 = 1.16
$16.000 x 1.16 = $18.560
Tené en cuenta que el valor del índice lo podes tomar exactamente el día de inicio y fin del periodo que querès calcular, no solamente teniendo en cuanta el mes ya que el índice varia diariamente.
Saludos.
Buenas noches!
Abuso de tu generosidad en éste tema.
Cual es el aumento razonable para la renovación de un contrato que vence el 31 03 21, en la actualidad se cobra $ 11.000.- por de partamento de 1 ambiente zona Agronomía.
Muchas gracias
Hola Miriam, gracias por leer el blog…
Me es difícil aconsejarte al respecto porque no conozco el mercado en tu ciudad, yo soy de Entre Ríos.
Mas allá de eso te diría que te fijes cuanto fue la inflación desde el último aumento que hiciste y aumenta mínimamente esa cantidad.
Otra cosa que podes hacer es averiguar en cuanto se están ofreciendo departamentos similares al tuyo y ajustar el precio de acuerdo a eso.
Espero te sirva, Saludos.
CTO corresponde en abril ya paso un año de contrato con un pago de 12.ooo $? ?? Le agradezco vuestra ayuda!!!!
Hola Rosa, disculpeme pero no entiendo la pregunta.
HOLA YO VOY POR EL CUARTO CONTRATO DE RENOVACION Y LO RENUEVO EL 1 DE MAYO 2021, LA INMOBLIARIA ME AVISA AHORA UN MES ANTES QUE LA SUBA PARA RENOVAR ES DEL 65 % Y X 2 AÑOS ES CORRECTO ESTO? ME PARECE QUE NO CUATO DEBERIA SER LO LEGAL. GRACIAS
Hola Maria, gracias por leer el blog…
Si es renovación de contrato si te pueden aumentar ese porcentaje, es legal. Ahora el plazo debería ser por 3 años.
Saludos.
Hola mi consulta es yo firme contrato que se vencía en marzo de 2020 que con la resolución de nación se postergó ahora debería firmar nuevo contrato. El precio que pago actualmente es 16675 no se cual sería el precio me dijeron que me. Va a aumentar 40 % eso es posible? Apartir de este nuevo contrato entiendo debería aplicar la formula para saber el año entrante cual sería el aumento ahora yo seguí pagando el mismo monto estos meses debo pagar algo más. Espero puedan ayudarme
Hola Soledad, gracias por leer el blog…
Mira, si se renueva el contrato si te pueden subir un 40%, luego el aumento de los años siguientes si te lo tienen que ajustar de acuerdo a la formula.
Saludos.
Mas claro ?? Imposible !!!. Super super claro !!! Felicitaciones
Muchas gracias Mónica.
saludos.
Hola buenas tarde quería hacer una consulta ,estoy pagando el alquiler 16.000$ (5/8/2020) con eel aumento es anual al año estaría. Pagando 20.800,pero la dueña me quiere aumentar semestral 1semestre 18.400,2semestre21.160$ quería si me puede explicar cómo calcular con la nueva ley para poder hablarlo con ella muchísimas gracias
Hola Cintia, gracias por leer el blog…
No entiendo bien la pregunta, pero si tu contrato empezó el 05/08/2020 el cálculo del aumento anual utilizando el ICL recién lo vas a poder hacer una vez cumplido el año, es decir el 31/07/2021. Antes es imposible porque no tenés el valor del índice.
Saludos.
Hola a todo el equipo de Filippi Farmar!
Perdí muchísimo tiempo buscando en la reglamentación la forma de calcular, muchas gracias por la publicación! Muy esclarecedora! ????
Hola Viviana, nos alegra que la nota te haya resultado útil.
saludos.
Gracias x su respuesta pero mi consulta es si yo empeze el contrato el 05/08/2020, el aumento sería al año con la nueva ley y de cuánto sería el porcentaje , ya q la dueña quiere ahora q sea semestral gracias
Cintia como te decía en mi respuesta anterior, si el contrato inició el 05/08/2020 el aumento recién lo vas a poder calcular una vez que se haya cumplido el año. Antes no tenés forma de calcularlo porque necesitas el valor del índice correspondiente al 31/07/2021 que recién se publicara en esa fecha, me explico?
Ahora, ¿en el contrato como se estipulo el aumento? debería estar ya especificado.
Muy buenas tus explicaciones. Entonces los ICL publicados x el BCRA no se aplican directamente siempre debo hacer el cociente entre el Indice de Cierre sobre el de Origen. Seria como en Ajuste x Inflación. Definitivamente la tabla publicada no se aplica directamente
Hola Mariana, gracias por leer el blog…
Exactamente, siempre tenes que hacer primero el cociente para ver cuánto varió el índice en ese periodo y con ese resultado si calculas el aumento.
Saludos.
Hola! Mi contrato se venció en febrero de este año 2021, insisti en su renovación, me la postergaron y ahora de $ 20.000 quieren subirme a 50.000 . No es una locura? De cuánto debería ser el alquiler, estoy mareada!!
Hola Eugenia, gracias por leer el blog…
Si se hace una renovación te pueden aumentar a ese importe sin problemas, no hay regulación al respecto.
Pero no entiendo porque decís que te la postergaron? Hicieron una prórroga?
Gracias por responderme! No , no me hicieron una prórroga, me decían que confiaban que seguiría pagando sin contrato , mientras ellos evaluaban las nuevas medidas!!! Así mismo desde diciembre les insistía para qué me dijeran cual sería el costo del nuevo alquiler y verbalmente me decían que no superaría los $ 30 mil. Pero bueno…las palabras tienen cada vez menos valor lamentablemente !!!
Ah ok, entonces lo que te queda es tratar de negociar lo mejor posible el precio del nuevo contrato más que eso no vas a poder hacer lamentablemente.
Saludos.
Hola mí contrato empezó el abril del 2019 por dos años ..hoy estoy terminando de pagar 10800. Cuánto me tendrían que subir por qué me están queriendo cobrar 22000.. gracias por su respuesta.
Hola Ruth, gracias por leer el blog…
Si el contrato era por dos años ahora te lo tienen que renovar y en la renovaciones el propietario es quien fija el precio a su criterio, es decir te lo puede subir a $22000.
Luego los aumentos anuales si los tiene que hacer de acuerdo al ICL.
Saludos.
Hola! Ni entiendo si tengo un contrato de alquiler con un pago mensual de 40mil pesos en el contrato debe decir que el aumento es anual y a cuanto? Como saco ese número para dejarlo escrito en el contrato? O eso solo se hace un mes antes del primer año para calcular? Ni entiendo nada. Agradezco la ayuda
Hola Caro, gracias por leer el blog…
Exactamente, en los contratos firmados a partir del 01/07/2020 se debe fijar un precio mensual único y además especificar que este se ajustará una vez al año conforme al Índice de Contratos de Locación ICL.
En tu caso el precio es de $40.000 y el cálculo del aumento recien lo vas a poder hacer al año.
Saludos.
hola buenas noches muy bien explicado consulta para el segundo año se toma en cuenta la fecha de inicio de contrato o de inicio del 2do año?
Hola Javier, gracias por leer el blog…
Para calcular cuanto se tiene que pagar durante el segundo año (es decir a partir del mes 13) se toma en cuenta la fecha de inicio del contrato. Ahora para calcular cuanto se pagará durante el tercer año si se toma la fecha de inicio del segundo año.
Saludos.
Exacto eso quise preguntar y me exprese mal. Gracias por responder tan rápido muy claro todo
De nada, saludos.
Hola Buenas tardes, a mi se me vence el contrato el 30/04/2021, ahi debo renovar, lo puedo hacer con una prorroga y seguir pagando los aumento cada 8 meses, o debo hacerlo por 3 años.
ahora pago $12.000 cuanto deberia pagar al renovar, cuanto seria el aumento que puede aplicar, de donde saco el indice de aumento.
Hola Viviana, gracias por leer el blog…
Se puede hacer las dos cosas, una renovación o una prórroga. En caso de renovación te pueden aumentar lo que el propietario o la inmobiliaria considere no hay regulación al respecto.
El índice lo podes ver en la página del Banco Central pero es solo para los posteriores aumentos anuales, para la renovación no aplica.
Saludos.
y en mi caso? yo no se hacer esa cuenta, mi alquiler es de 11.500 el 31 de mayo 2021 me renuevan, a cuànto me quedaria el alquiler? gracias
Hola Romina, gracias por leer el blog..
Si te renuevan el contrato esta fórmula no aplica, el aumento dependerá de lo que considere el propietario o la inmobiliaria.
saludos.
Hola tengo una duda y no se como hacer el calculo.
Yo venia pagando hasta febrero $8973 de alquiler ahora tengo que renovar y me dijeron que voy a pasar a pagar $13800 con una comision inmobiliaria de 24000 . Queria saber si esto es correcto y en mi caso si debo pagar yo la comision inmobiliaria o son las dos partes el locador y locatario. Gracias
Hola Yael…
Si te renuevan el contrato esta fórmula no aplica, el aumento dependerá de lo que considere el propietario o la inmobiliaria.
Con respecto a los honorarios inmobiliarios generalmente los paga el inquilino, no se de donde sos pero normalmente es así.
Saludos.
Buenas noches 1 consulta soy inquilina cómo debería proceder en 1 renovación que debo acordar a partir de junio el propietario ya me dijo el monto a arrancar pero ¿puedo ya saber el índice desde ésa fecha a fin de mayo de año que viene? no comprendo éso gracias.
Hola Nadia…
La actualización del precio recién la van a poder calcular una vez transcurrido el primer año, es decir con el índice de fin de Mayo del año que viene. Hasta esa fecha no vas a poder saber de cuanto va a ser el aumento.
Espero haber respondido tu duda.
Saludos.
te hago una consulta por ej ahora yo renuevo en mayo y ya acorde el precio para empezar a alquilar, para calcular que aumento podria tener en mayo de 2022 me tendria que guarda la cifra del icl de mayo de este año y en mayo de 2022 ver cuanto fue la variacion? por ej en una pagina vi que el icl el 1ro de mayo del corriente podria ser 1,28. <— esta cifra me la tendria que anotar o guardar o se puede ver en alguna pagina el historial del icl año a año como para saber cuanto fue la variacion?
gracias
Hola Matias…
Exactamente es asi, y no hace falta que te guardes la cifra, podes ver el historial en la pagina del Banco Central.
Saludos.
Hola, Te felicito por la explicación de como aplicar el coeficiente de actualización. En mi situación es que no tengo claridad si puedo aplicar actualización mensual o semestral en una locación comercial ya que en la locación por vivienda es anual. En la nueva ley sólo se aplica la actualización en vivienda y para locaciones comerciales hay un silencio.
Hola Silvia, gracias por leer el blog…
En las locaciones comerciales no hay cambios al respecto, podés actualizar el precio semestralmente o incluso mediante algún otro índice como por ejemplo el de la Cámara de la Construcción C.A.C. que se usa mucho.
Saludos.
Gracias José, clarísima tu respuesta, Felicitaciones nuevamente a ti y a todo tu equipo
Hola José, buen día, ¿ como estás ?.
Tengo una consulta por hacerte, yo firmé contrato por 2 años en Junio 2019 donde se acordó un incremento semestral del 15%, estableciendo los siguientes valores:
Junio 2019: $18.000
Diciembre 2019: $20.700
Junio 2020: $23.805
Diciembre 2020: $27.374
El contrato vence en Mayo 2021 y el propietario me informa que el aumento a partir de Junio 2021 asciende a $55.000 mensuales por un año, esta cifra la estimó basándose en el promedio de alquiler en la zona para el tipo de departamento.
Mi consulta es, ¿ cuanto debería ser el % de aumento que debería negociar para llegar a una cifra razonable dentro de lo que indica la ley ?
Hola Hugo, mira lo que se me ocurre que podes hacer es calcular cuanto varía el ICL en el último año de contrato, pero para eso vas a tener que esperar hasta Mayo para tener el valor del índice y con ese número negocias el aumento. Es decir le propones que te aumente de acuerdo a lo que subió el índice el último año. Me parece difícil de lograr pero podes intentar.
Acordate que al ser una renovación el propietario puede subir el alquiler de acuerdo a lo que él considere.
Espero haber sido claro, saludos.
Hola
Yo firmé contrato en febrero 2021 con ajuste anual, pero me lo pusieron en el contrato que se actualizará conforme al artículo 14 de la ley 27.551, utilizando un índice conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que elaborará y publicará mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
He leido y veo que a partir de julio 2020 se tendrian que firmar con el Nuevo Índice de Contratos de Locación I.C.L.
He hecho la comparacion en calculadoras online y la diferencia es bastante grande.. como que me convendría haber firmado por ICL…
hay alguna posibilidad legal que pueda negociar que se cambie el indice con el dueño?
ayuda!!!
Hola Esmeralda, gracias por leer el blog…
El ART.14 de la ley 27.551 hace referencia precisamente al índice I.C.L, nada más que aclara como está conformado y que lo publica el Banco Central. Es decir los aumentos te lo tienen que calcular con el I.C.L.
Saludos.
Muchas Gracias por la info y la explicación. Bien clara tanto para inquilinos como para propietarios.
Este tipo de info sirve para evitar los abusos e incrementos y el calculo bien explicado!!! , nos da apoyo, con bases legales solidas, para llegar a un acuerdo en el monto de alquiler .
Miriam, muchas gracias por tu comentario, justamente la idea de este blog es aportar información valiosa tanto a propietarios como inquilinos. Nos alegra que te haya resultado útil.
saludos.
Hola, quería consultar que el 31 de marzo se me venció el contrato de alquiler de un departamento y todavía estoy sin contrato siendo que informé en febrero la finalización del mismo, hace una semana me pasaron el precio actual para renovar me lo llevan de $8000 Que estaba pagando a $15000 soy inquilino hace 8 años y no se si está bien este aumento pero este mes no pude pagar por que como estoy sin contrqto no me quisieron recibir el dinero, ahora me quieren cobrar este mes el precio que ellos me dijeron hace una semana siendo que todavía no estoy con contrato y no se hablo con anticipación sobre el precio,
Hola Hernán, mira con respecto al aumento el propietario o la inmobiliaria te puede aumentar en el porcentaje que ellos consideren ya que se trata de una renovación, con lo cual no aplica el I.C.L. Lo que si deberían hacer lo antes posible es normalizar el tema del contrato.
Saludos.
Hola José, desesperada por el ajuste que me propone el propietario, llegue a tu página.
Estuve leyendo la Nueva ley de alquileres.
Y mí situación es la siguiente:
Firmo contrato el 1/6/21 por un monto de $15000.
Me proponen aumento semestral (entendí que el artículo 14 de la ley 27551 dice que tiene que ser anual) del 15%, lo que me parece mucho.
Cómo hago para chequear si ese aumento está bien o es demasiado? Quisiera negociar ese valor.
Espero tu amable respuesta.
Saludos
Hola Eugenia, gracias por leer el blog…
Mira, si lo que van a firmar es un contrato de locación lo que corresponde es un aumento anual de acuerdo al I.C.L., esto es lo que indica la nueva ley. De todas maneras 15% semestral tampoco me parece demasiado teniendo en cuenta la inflación esperada para este año.
Saludos.
Buenas. Yo no entiendo.
Pero renuevo contrato ahora en mayo, y pagaba el alquiler $13.333 y ahora me dijeron que se renueva y se fue a $24.000 así como si nada.
Me podría decir si esta en lo correcto? Porque el aumento fue abrupto más del 100 %.
Saludos.
Hola Rocio, gracias por leer el blog…
Si, si es una renovación te pueden aumentar a ese monto. El ajuste por I.C.L es solo para los aumentos anuales del nuevo contrato.
Saludos.
Gracias por la info. Super claro
De nada Seba, saludos.
Hola! No estoy pudiendo calcular el ICL, no me deja ver la fecha en la página oficial del Banco Central, mi contrato inició el 1/6/2020. Quisiera sacar un aproximado … el valor de mi alquiler es de $14200.
Hola Paula, gracias por leer el blog…
El calculo por I.C.L aplica solo para contratos a partir del 01/07/2020, el tuyo es anterior a esa fecha con lo cual se rige por la ley vieja. Por eso tampoco podes ver el valor del índice para el 01/06/2020.
Saludos.
eXELENTE Y MUY DIDACTICO, GRACIAS.
Hola José, muchas gracias está clarísimo. lo que no entiendo es porque el B.C.R.A. publica solo 5 días de cada 7 y no incluye los feriados en su página.
Hola Marcelo, gracias por leer el blog…
No estoy seguro de porque sea así, pero supongo que no publica Sábados, Domingo, ni feriados porque no son días laborables y segundo porque difícilmente coincida que el inicio o fin de un contrato sea un fin de semana o feriado, aunque podría pasar.
Saludos.
Estimado José
Intente hacer el calculo sin suerte algo hice mal. Si pago 21300 con ese calculo que menciona cuánto deberian aumentarme ahora para una prorroga de contrato? Es posible prorrogar por 2 años con aumentos semestrales? Qué porcentaje por semestre? Gracias.
Hola Lola, gracias por leer el blog…
En primer lugar no te puedo ayudar con el cálculo porque no se cuando inició tu contrato. (recordá que es solo para contratos posteriores al 01/07/2021.)
Y segundo, si lo que van a hacer es una prórroga el aumento por I.C.L. no aplica y va a depender del criterio del propietario o de la inmobiliaria.
Saludos.
Hola José, se podeá interpretar que wn dl indice ewl primer día habil incluyen( los días no calculados) Aunque muchas veces publican el mismo que el día anterior o menor. ¿A quien perjudican en realidad). Gracias, son pensamientos en voz alta. Marcelo.
Si puede ser así Marcelo, como te decía antes no tengo bien claro ese criterio.
Saludos.
Hola, como está? Quería consultar ya que yo comencé mi contrato de tres años el día 15 de agosto del año 2020. Y necesitaría saber cuánto es el aumento. Pero me dijeron que hasta agosto de 2021 no me iba a poder decir de cuanto era. Pero no siquiera un estimado me pueden dar? Para saber si lo puedo pagar o no.
Desde ya muchas gracias
Espero su respuesta
Saludos cordiales
Hola Viviana, gracias por leer el blog…
Si el aumento recien lo van a poder calcular en agosto del año que viene, antes es imposible porque no tenés el valor del índice. Difícilmente te puedan dar un estimado ya que depende de dos variables (IPC y RIPTE) que no son fáciles de predecir.
Saludos.
Hola José. El contrato inicio en 2019 por 14000 y vence en mayo por 21300.
Mi pregunta es montos se aplican para una prórroga acorada por semestre por 2 años.
Gracias.
LOLA
Lola, como te comentaba en el mensaje anterior, si se hace una prórroga el aumento y los ajustes semestrales van a depender de lo que te indique el propietario o la inmobiliaria. Con la prórroga de alguna manera evitan regirse por la nueva ley de alquileres.
Saludos.
Hola. Me toca renovar mi alquiler en junio. Hoy fui a la inmobiliaria y de pagar $23.000 me quiere renovar x $40.000. Que es esta locura?
¿Como puedo rebatir este precio? Con que argumentos ? Ya que su aumento es desmedido.
Hola Malena, gracias por leer el blog…
Si es una renovación de contrato, el propietario o la inmobiliaria en este caso tienen la libertad de aumentar el alquiler en el monto que ellos consideren. Lamentablemente no tenés mucho para hacer al respecto mas que tratar de llegar a un acuerdo por un precio inferior.
Saludos.
Hola como estas?
Soy propietaria y tengo que renovar el alquiler en mayo 2021. El anterior contrato fue por 2 años con aumentos semestrales.
En este nuevo contrato debo ponerme de acuerdo con el inquilino por el primer año y a partir de mayo del 2022 guiarme por el ICL?
Muchas gracias por tu ayuda
Hola Luciana, gracias por leer el blog…
Exactamente eso es lo tenés que hacer.
Saludos.
Buenas tardes:
consulta: yo pago un alquiler de $ 16.000 que lo renovaré en estos días, para saber el nuevo monto ¿ debo multiplicar los $16.000 por el indice para contratos de locación, que segun la pagina del Banco central es 1,28? O sea $ 16.000 x 1,28 = $ 20.480 y a ese monto ¿se le deben sumar las expensas?
Gracias
Hola Gustavo, gracias por leer el blog…
Si tenés que renovar en estos días quiere decir que tu contrato inicio antes del 01/07/2020 con lo cual esta regido por la ley anterior, es decir no aplica el aumento por I.C.L.
Mas allá de eso el cálculo tampoco seria así, tenés que seguir el ejemplo de la nota, donde primero dividís los valores de I.C.L de principio y fin del período a calcular y al resultado si lo multiplicas por el monto del alquiler. Pero ya te digo, me parece que no es tu caso.
Saludos.
Hola buenas, consulta mi mamá jubilada con la mínima paga un alquiler, sin contrato, hace 15 años y ahora le ofrecen el contrato por tres años. Mi pregunta es ella venia pagando $9000 + gastos y ahora con el nuevo contrato le piden $ 20000 + gastos..es legal que suban el alquiler mas de un 100% ???
Gracias por su respuesta
Hola Natalia, si lo pueden hacer ya que es un contrato nuevo.
saludos.
Hola, buenísima tu explicación y gracias por tomarte el tiempo de contestar!
ahora renuevo contrato , me pasan de 19500 a 35 mil, por lo que entiendo, el primer año de alquiler se pacta entre las partes? o ya se calcula con el icl? recien el segundo año si se actualiza en base a icl no?
si yo empiezo pagando 35 mil ahora, cuanto tendria que pagar en junio del 2022¿?
Hola Bruno, si es así, el primer año lo pactan entre las partes y para el segundo y tercer año se calcula el aumento con el I.C.L. Pero para poder calcular el primer aumento tenés que esperar hasta Junio de 2022, antes es imposible porque no tenés el valor del Índice.
Saludos.
Hola cómo estás? Quería consultar porque tengo que renovar en junio de 2021, mí valor del alquiler hoy es de $12600, como sería el cálculo para saber de cuanto sería el aumento? Gracias
Hola Sergio, si es una renovación el aumento va a depender del criterio del propietario, luego los aumentos anuales si se deberán calcular mediante I.C.L.
Saludos.
Hola soy nueva en todo esto..Ojala pueda orientarme
Yo pago hasta el 1/7/21 un alquiler de 9000 mas impuestos..
Ahora a partir del 01/07/21 hasta el 01/07/22 voy a pagar 13500 mas impuestos
y a partir del 01/07/22 y hasta el 01/07/23 20250 mas impuestos
Ella me hace contrato por tres años y aumento del 50 % esta bien calculado ?
Hola Viviana, gracias por leer el blog…
Entiendo que tu contrato inició el 01/07/20 no?
De ser así es un contrato que debe regirse con la nueva ley de alquileres que establece que se debe fijar un precio único para el primer año y luego realizar ajustes anuales de acuerdo al índice de contratos de locación I.C.L. y el plazo debe ser por 3 años.
En definitiva los aumentos los deberían calcular con el índice cada vez que transcurra un año de contrato y no estar ya establecidos de antemano.
Saludos.
Muchas gracias José por tu amabilidad y aclaración.
Saludos cordiales.
Lola
Hola! Muy buenos días! Alquile a partir del 1 de julio 2020.
En el contrato se estipuló solo el valor del primer año, $22.000.
De cuánto debería ser el aumento julio/agosto 2021? Muchas gracias!
Hola Leo, gracias por leer el blog…
El aumento es a partir de Julio de 2021.
Saludos.
hola soy mauro de campana.
Estoy agradecido por su tiempo y ejemplo ya que es muy didactica y clarisima.
el ejemplo es muy claro y al ser un numero cerrado de 10000 es mas facil todavia.
La consulta es la sig: yo con esta info puedo ir a la inmobiliaria y no tener ningun planteo diferente no?
digo en teoria no deberian salirme con un martes 13.
Gracias
Hola Mauro, gracias por leer el blog…
No, en teoría no deberían hacerte ningún planteo diferente.
Saludos.
Hola soy Bárbara, agradecería si ayuda ya que tengo una duda. Para los contratos destinados a local comercial también se debe aplicar el mismo calvulo para el aumento y es obligación que se aumento cada un año? P se puede aplicar cada seis meses?. Gracias
Hola Bárbara, gracias por leer el blog…
No, en los contratos comerciales no es obligación realizar este cálculo para los aumentos y tampoco es obligación hacerlos cada un año, se pueden hacer aumentos semestrales.
Saludos.
Hola buenas tardes
Quisiera sacar una duda, yo empecé
Alquilar una vivienda en 1 de mayo de 2021
Vi que en ese día el ICL estaba de 1,28
Debo considerar que ese año el cálculo fue
Valor del alquiler 20,000 ÷ icl 1,28 × 1,28 = 20.000?
Hola Ana, disculpame pero no entiendo la pregunta.
Muy claro muchas GRACIAS
Hola, cómo estás? Mi consulta es, tengo contrato hasta el 30 de junio y tengo mis dudas de los índices a tomar. Mi contrato actual era por dos años con aumento cada 6 meses. Agradezco tu respuesta
Hola Ana, gracias por leer el blog…
Si tu contrato vence el 30 de Junio lo que viene es una renovación con lo cual el aumento va a depender de lo que considere el propietario o la inmobiliaria. Luego los aumentos anuales si lo deberán calcular con el índice.
Saludos.
Hola. Muy buena explicación.
Tengo la siguiente duda. Mi alquiler comenzó el 1/ 09/2020, el aumento va a empezar a partir del 01/09/2021. En el contrato dice que el dueño realizará el calculo con 15 días de anticipación previo al nuevo aumento. Osea lo haría el 15/08/2021. Que parámetros se debería tomar??? desde el 15/08/2020 (15 días antes que arranque el alquiler) al 15/08/2021, o del 01/09/2020 (comienzo del contrato) al 15/08/2021.
Muchas gracias!!
Hola Juan, gracias por leer el blog…
Considero que en rigor se debería tomar desde que inició el contrato, es decir del 01/09/2020 a 15/08/2021.
Nobstante pasado los 15 días restantes podrían hacer el cálculo nuevamente para tener en cuenta el año completo (no debería haber una gran diferencia) y sería lo justo.
Saludos.
José, muchas gracias! Muy clara tu respuesta.
buenos días, en mi contrato anterior termine pagando $13.996. Cuanto seria lo que debo abonar en este nuevo contrato renovado?
Hola Alejandra, gracias por leer el blog…
Si es una renovación este cálculo no aplica, el aumento va a depender del criterio del propietario o la inmobiliaria.
Saludos.
Muchísimas gracias
Hola necesito ayuda para entender el aumento, por ej yo renové contrato con la nueva ley de alquileres el año pasado en agosto a 20000 mil pesos, ahora en agosto 2021 cuanto debería abonar?
Hola Yanina, gracias por leer el blog…
Para realizar el cálculo vas a tener que esperar hasta Agosto para tener el valor del índice. Una vez tengas todos los datos haces el cálculo como se explica en la nota.
Saludos.
Una consulta, a mi me alquilan a 15mil y dicen q el año q viene es segun la inflacion, un 40%, y el año q viene me quieren cobrar 22 mil, esta bien??
Hola Graciela, gracias por leer el blog…
Tu contrato cuando empezó?
Hola buenas tardes…hace 8 años estoy alquilando.y pienso renovar..en provincia de BA AS. LA RENOVACIÓN SERIA AHORA EN AGOSTO…en mi caso, aplica el ICL????
MUCHAS GRACIAS
Hola Eric, gracias por leer el blog…
No, si es una renovación no aplica el I.C.L.
Saludos.
Hola!
Se suponía que esta nueva Ley era para cuidar al inquilino, y ahora por lo que voy calculando, el aumento va a llegar a más del 40 %…
existe un tope en la ley que prevea esto? o puede llegar al porcentaje que sea por más que no lleguen aumentos salariales.
Espero se entienda mi preocupación.
saludos
Hola Natalia, gracias por leer el blog…
Recorda que el índice indica un promedio entre la inflación y la variación de los salarios con lo cual el aumento puede tranquilamente ir por encima de los aumentos salariales y no hay un tope estipulado.
Saludos.
Hola!!quería hacerte una consulta,estoy por firmar ahora en junio de este año 2021 un contrato de alquiler de un inmueble;ya pactamos precio para el primer año,la propietaria me quiere cobrar un aumento para después del año del 30%,esto no es correcto verdad?si o si el aumento es anual y de acuerdo al índice del Banco Central verdad??
Hola Mari, gracias por leer el blog…
Exactamente, de acuerdo a la nueva ley el aumento debe ser anual y de acuerdo al índice del Banco Central.
Saludos.
Hola Buenas tardes, mi contrato de 2 años venció el 30/9/2020, pagando $30.000. Pr el DNU quede sin contrato. pero me realizaron un anjuste, pago $40.000
Ahora para realizar una renovacion o prorroga de contrato, cual seria el indice de reajuste del alquiler? o sea cuanto tendría que pagar? Se calcula a partir de los $30.000 que termine pagando por contrato?.
Desde ya muchas Gracias!!!
Hola Blanca, gracias por leer el blog…
No, tanto si es una renovación o prórroga el aumento dependerá del criterio del propietario o la inmobiliaria, no es obligación utilizar ningún índice en estos casos.
Saludos.
Perdón José, entonces el propietario me puede cobrar lo que le parezca?
En la renovación si, luego los aumentos anuales deberán ser de acuerdo a índice.
Saludos.
Gracias por la información tan útil. Estoy sin trabajo y por alquilar algo muy precario ( ex local..o algo así) …acordamos $6000 y ahora a una semana de mudada …el señor me dice a través de su hija $ 400 de aumento semestral…es esto dentro de ley?
Hola San Marie, gracias por leer el blog…
Para responder tu pregunta necesitaría saber cuando inicio el contrato y que se acordó en el mismo con respecto a los ajustes del precio.
saludos.
Hola que bueno encontrar este Blog. Te comento. En julio se me vence el contrato. Que fue por 2 años. Comenze en julio del 2019, ahora Pago 18.500 y me quieren comenzar a cobrar $28.000 a partir de Julio de este año,Supuestamente aplicando ahora la nueva ley de alquileres. Cosa que me parece esta mal. Tengo un 60 % de aumento , una locura. Ayuda por favor! Para poder pelear el precio. Gracias
Hola Suyai…
Mira, si se trata de una renovación te pueden aumentar lo que el propietario considere. Luego los aumentos anuales si los deben realizar de acuerdo a la nueva ley con el índice del Banco Central. Lamentablemente no tenes mucho para hacer más que tratar de negociar lo mejor posible el nuevo precio.
Saludos.
Buenas, cual seria el icl de 30/05/2020 para calcular el aumento que empezaría a regir a partir del 01/06/2021? Se pactó la aplicación de la nueva ley pero al no tener índice del banco desde esa fecha nosé como calcularlo con exactitud… Si se toma el establecido por el banco central desde 01/07/2020, que según leí corresponde a 1. Sería correcto?
Buenas. Consulta… Si el contrato comenzó a regir 01/06/2020 y corresponde el aumento el 01/06/2021 y se acordó el aumento por el icl, con la ley nueva de alquileres… Cómo puedo calcular el icl del 30/05/2020, ya que no está establecido por el banco central para esa fecha… O cuál seria el valor a tomar para ese caso?
Hola Stefania, gracias por leer el blog…
Vas a tener que tomar el valor del 01/07/2020 que es cuando empezó a publicarse el índice, antes de esa fecha no tenes ningun valor. De todas maneras es solo un mes de diferencia con lo cual el cálculo no te va a cambiar mucho.
Saludos.
Hola! Excelente explicacion.
Quisiera saber si entraria en mi contrato para alquilar la nueva ley. Tengo que renobarle contrato a mi inquilino ahora en junio 2021. Digamos 1 de junio de 2021. El contrato era desde 1 de junio de 2019. Ultimo semestre pagado con 12000 pesos desde 1 de enero de 2021.
El caluco seria ICL JUNIO 2021 que es 1.35 / ICL ENERO 2021 que es 1.14 = 1.18
Eso multiplico 12000 × 1.18 = 14160
14160 seria el pago anual que haria el inquilino hasta el 1 de junio del 2022 y ahi nuevamente hacer el calculo?
Hola Carolina, gracias por leer el blog…
El cálculo que hiciste esta bien. Solo te recuerdo que si es una renovación no estas obligada a utilizar el ICL para calcular el aumento, podes fijar el precio que vos creas conveniente, luego los aumentos anuales si tienen que ser de acuerdo al índice.
Saludos.
En la pág del banco aparece el ICL colocando fecha de inicio y fecha de finalización. Ese indice es el q se usa para multiplicar x el valor del alquiler?
Hola Patricia, gracias por leer el blog…
Tenes que tomar los dos valores, el del inicio y el de finalización, los dividis entre si y al resultado lo multiplicas por el valor del alquiler. Seguí el ejemplo de la nota.
Saludos.
Súper clara tu explicación. Tenia un problema con la página del banco que ya esta resuelto. Sos muy amable y es excelente tu blog.
Súper útil este blog, muchísima gente por no decir la mayoría y me incluyo, no entendemos como calcular el aumento, tengo un contrato de alquiler por 27.000 pesos mensuales desde el 1 de julio del 2020, cuanto seria exactamente lo que tendría que abonar a partir del 1 de julio del 2021? agradezco enormemente si alguien me pudiera decir. muy amables!! Andres (Córdoba Capital).
Hola Andrés, gracias por leer el blog…
En este caso, como el contrato inicio el mismo día que se empezó a publicar el índice el calculo es muy fácil, solamente hay que multiplicar el valor del ICL correspondiente al 30/06/2021 por el valor del alquiler, el resultado será el valor del alquiler actualizado. Ahora para el tercer año hay que seguir el procedimiento que se explica en la nota.
Saludos.
Mi contrato comenzo el 1/7/2020, y me corresponde la actualizacion, cuanto debere pagar si se pacto el primer año en $ 19.000
Hola Graciela, gracias por leer el blog…
Para poder calcular el aumento vas a tener que esperar hasta que se publique el valor del índice correspondiente al 30/06/2021, antes no podes hacer el cálculo.
Saludos.
Muchas gracias, fueron los unicos que me aclararon un poco la nebulosa, esperare y volvere a molestarte
Hola, quiero aprovechar para agradecer la explicación super clara.
Y el hecho de ponerlo en un ejemplo concreto, hace mas fácil comprenderlo y aplicarlo.
Solo tengo una consulta, cuando haya que calcular los valores del tercer año,
tomamos como fecha de inicio el comienzo del segundo año de contrato?
Desde ya, gracias por los aportes!!
Hola Cristina, gracias por leer el blog…
Exactamente, es así. Me alegro que la nota te haya resultado útil.
Saludos.
Muchas gracias muy entendibles las explicaciones.
De nada Carlos, saludos.
Buenas Tardes, tengo un alquiler por 2 ambientes, $23000, que inicie el 10/10/2020, por 3 años, en octubre de 2021 debería actualizarse, si no entendi mal sería algo así:
ICL 10/10/2020= 1,06
ICL 10/10/2021= 1,40 (CASO HIPOTETICO).
1,40/1,06=1,32
$23.000 X 1,32= $30.360.
El ajuste anual seria de $7360?
Gracias
Hola Daniel, gracias por leer el blog…
Si, el calculo esta perfecto, para este caso «hipotético» el aumento es del 32% es decir $7360. (no corrobore el ICL al 10/10/2020 pero asumo que es correcto 1.06)
Saludos.
Hola cómo estás, tengo una consulta… Nosotros firmamos contrato el 01/08/20 plena decisión de la nueva ley $22.400 p/mes. Ahora para saber cuánto es el aumento . Tengo que dividir el ICL del 01/08/20 sobre el ICL 31/07/21?
Me podés indicar cuál seria el importe que tendré en el 2do año? Gracias!
Hola Leandro, gracias por leer el blog…
Es al revés, tendrás que dividir el ICL del 31-07-21 / ICL del 01-08-20.
No puedo decirte hoy de cuanto va a ser el aumento porque no tengo el valor correspondiente al 31/07/21, vas a tener que esperar hasta esa fecha para poder calcular.
Saludos.
Hola, buenas noches. Consulta, mi contrato vence el 31/07. Actualmente estoy abonando un dos ambientes en $ 20000, quiero renovar pero el dueño quiere que la cuota inicial sea de $ 35000. Está correcto eso?
Hola Ana, gracias por leer el blog…
Si es una renovación el propietario tiene la libertad de aumentar el alquiler a su criterio. Luego los aumentos anuales si deberán regirse por el ICL.
Saludos.
Un geniooooooooooo!! porque no existirán varios Argentinos como vos? entonces podemos comenzar a pensar que Argentina se salva!! gracias miles!! gracias infinitas
Muchas gracias Silvia, me alegro que el blog te haya resultado útil.
Saludos.
tengo la siguiente consulta: mi contrato se celebró en fecha 09/01/20.- El monto inicial del contrato es de $20.000 y luego, a los seis meses es de 23.400, actualizandose cada seis meses.- la verdad nunca le presté atención al calculo del aumento hasta ahora, porque con el nuevo incremento pasa de 26650 a 31.000.- Entonces le pregunté a la inmobiliaria sobre cual monto realizaba la actualización y ella me dijo que era sobre el ultimo periodo, o sea de los 26650.- Segun mi entender, los calculos debian hacerse sobre el monto inicial, esto es sobre los 20.000.- me podria orientar sobre el tema , por favor.- Gracias
Hola Rodolfo, gracias por leer el blog…
En primer lugar tu contrato no entra en la nueva ley.
Segundo, la forma de actualizar el alquiler debería estas bien clara en el contrato. Por lo que me contas te están actualizando aproximadamente un 17% semestral y esta bien que lo calculen sobre el ultimo periodo.
Saludos.
Buenos dias, una consulta
La diferencia de renovación y prórroga de un contrato.
Soy proprietaria , contrato de 2 años, vence 31/07 /21,debo poner la inmobiliaria por medio.
Gracias
Hola Rosemarie, gracias por leer el blog…
Si, hay diferencia entre una prorroga y una renovación. No necesariamente debe poner una inmobiliaria de por medio, pero si es aconsejable hacerlo para que la pueda asesorar en temas como estos por ejemplo.
Saludos.
Hola yo cumplo mi contrato en agosto me aumentan cada seis meses 700 pesos ahora estoy pagando 7700 si renuevo a cuanto se me tendría que ir el alquiler .
Hola Griselda, gracias por leer el blog…
Si es una renovación el aumento va a depender de lo que considere el propietario o la inmobiliaria. No aplica el ICL para este caso.
Saludos.
Muy didáctica la explicación, quedó muy claro como debo hacer el cálculo.
Saludos. Beatriz
Hola José soy Doly propietaria de un dto en Recoleta Bs As,el,contrato,vence en agosto del 2021,esta alquilado como oficina,pues es apto,profesional,conviene alquilarlo apto profesional o como habitacional,el precio pagado es 27000,como debo calcular el aumento en ambos casos,apto,profesional o habitacional,que es más conveniente.Gracias,excelente tu información.
Hola Doly, gracias por leer el blog…
Al no ser de Bs.As. no puedo aconsejarte si conviene mas alquilar comercial o residencial porque no conozco el mercado.
Con respecto al aumento si te puedo decir que cuando termine el contrato en Agosto tendrás que hacer una «renovación», con lo cual podes pedir el precio que creas conveniente para el nuevo contrato, no es obligación hacer ningún calculo. Luego los aumentos anuales si se deben regir por el ICL en caso que decidas alquilarlo residencial.
Saludos.
Buenas tardes el 1 de Julio se me vence el.contrato de 2 años.con aumento semestral de 17mil.me aumentan a 32 es legal? Cual es el porcentaje? Estoy operada hace 1 mes y sin la 2 vacuna x ser pasiente de riesgo ni en mi trabajo me dejan ingresar por pandemia en este caso que hago?
Hola Anyi, gracias por leer el blog…
Mira, si es una renovación no hay un porcentaje estipulado, el aumento depende del criterio del propietario o de la inmobiliaria. Lo único que te queda por hacer es tratar de negociar lo mejor posible el aumento.
Saludos.
Buenas noches,mi consulta seria,yo comenze pagando 13.500 un local.comercial en la fecha 11/11/2019,cuanto debería estar pagando hoy en día??ya que el mes pasado me estaban cobrando casi 34 aprox.gracias
Hola Cyntia….
El aumento debería esta estipulado en el contrato, recordá que el calculo que se explica en la nota es para contratos habitacionales posteriores al 01/07/2020.
Saludos.
Buenas tardes! antes que nada quiero felicitarte por la paciencia y la claridad en las respuestas!
Renuevo contrato el prox mes… e intento hacer futurologia… por favor ayudame!
Desde tu experiencia, pensas que el índice de actualización que voy a tener que usar el prox. año, pueda llegar a ser similar al que tenemos ahora mismo… 1,37.
Sé que es imposible saberlo… pero lo que a vos te pueda parecer te juro que me ayuda mucho.
1.37 anual es medio alto… o no?
Me asusta ver que desde la implementación de la Ley no paró de crecer!
Desde ya agradezco tu respuesta!!!
Hola Mariana, gracias por leer el blog…
Efectivamente es muy difícil pronosticar en una economía tan inestable, el índice seguramente va a seguir subiendo lo que no puedo sabe es a que ritmo ya que depende de la inflación y el aumento promedio de los salarios. 1.37 es alto pero es menor a la inflación en el mismo periodo. (esto si es probable que se repita pues los salarios generalmente van por debajo del IPC).
No se si responde a tu pregunta pero es lo que te puedo decir.
Saludos.
Ya existen varias calculadoras para saber cuánto va a aumentar con la nueva ley. Dejo una por aquí: https://arquiler.com
Hola Juan, gracias por leer el blog…
Efectivamente ya existen varias, gracias por compartir.
Saludos.
Hola tengo que renovar el 1/7/2021 , por lo que entiendo el valor del aumento depende del propietario y luego por los índices , ahora me quieren hacer una extensión o prorroga por dos años pero ya me pusieron el valor del aumento del segundo año .. Entiendo que no es correcto no ?
Conviene hacer la renovación por 3 años ?
actualmente pago $17360 ,según el contrato me aumento a $25000 y el segundo año ya estableció$ 40000
Hola Andrea, gracias por leer el blog…
Si, si se hace una renovación los aumentos anuales se rigen por el ICL, ahora si se hace una extensión o prórroga podrían establecer el aumento de antemano.
Saludos.
Hola muy claras las explicaciones, por eso le quería hacer una consulta: soy inquilina y ahora en julio tengo que renovar el contrato del departamento. Estuve pagando por mes $11.700 y me confirmaron que en el nuevo contrato tengo que empezar a pagar $22.000 por mes. Para firmar la renovación del contrato cuánto debo pagar en ese momento cuando firmo? La inmobiliaria todavía no me lo dice y necesito saber para ver cómo organizarme y saber cuánto debo pagar en ese momento, aunque sea a groso modo. Muchas gracias!!!
Hola María, gracias por leer el blog…
No se de donde sos con lo cual no te puedo contestar con precisión, pero en principio deberías pagar un mes por adelantado, es decir $22.000, mas los honorarios de la inmobiliaria, que aquí se cobra el 5% del total del contrato (no se que acostumbran donde vos estas). Además si hay que certificar firmas seguro lo tendrás que pagar también.
Espero te sirva la respuesta, saludos.
Hola muy clara la explicacion queria consultar mi contrato empezo en octubre del 2020 con aumento cada 6 meses del 35% y ahora me dice mi locatora que tengo que pagarle el incremento del 40% que salio para julio del 2021. Esta bien lo que me quiere cobrar?
Hola Florencia, si es un contrato habitacional el aumento debería ser anual y regirse por el ICL. No entiendo porque acordaron un aumento semestral.
Para renovar el alquiler de la vivienda, debo pagar un depósito? Si es así cuánto es? Gracias!!
Maria, si te pueden pedir un depósito el cual no podrá superar el equivalente a un mes de alquiler.
Saludos.
Hola como se calcula en el caso de inmueble comercial cuyo contrato estipula dichos indices y un aumento semestral?
Hola Florencia, gracias por leer el blog…
En ese caso el cálculo es igual, nada mas que se toman los valores del índice cada 6 meses. ( es decir para el primer aumento tomas el valor correspondiente al primer día de contrato y el correspondiente al último día del mes 6)
Saludos.
Hola!
El 31/07/2021 cumplimos un año del contrato que firmamos el 01/08/2020, bajo la nueva ley de alquileres. O sea que ahora, a partir del 01/08/2021 debemos comenzar a pagar el nuevo valor de alquiler mensual actualizado.
Hasta el 31/07/2021 pagábamos $18.000.
Yo tenía entendido que el valor de ICL publicado en la página del Banco Central correspondiente al 01/08/2021 era el que se aplicaba sobre los $18.000.
Pero leyendo el posteo, encuentro que, para nuestro caso, debemos sacar un coeficiente entre el ICL 31/07/2021 y el ICL del 01/08/2020. Y ese coeficiente aplicarlo sobre los $18.000.
Podrías aclararme esto, por favor? Te lo agradecería mucho!
Gracias y saludos!!!
Hola Mariana, gracias por leer el blog…
Exactamente tenés que calcular el coeficiente de variación desde el 01/08/2020 al 31/07/2021.
El cálculo es así:
ICL al 01/08/2020 = 1.01
ICL al 31/07/2021 = 1.46
Entonces: 1.46 / 1.01 = 1.4455 (coeficiente de variación) es decir 44.55% de aumento.
$18.000 + 44.55% = $26.020 (valor actualizado)
Espero te sea de ayuda, saludos.
Sí, excelente! Ahora comprendo.
Muchísimas gracias por la explicación. Fue de mucha ayuda.
Saludos!
Hola, con respecto a la formula de calculo, si bien no existe una reglamentacion especifica. Lo que por ahi se presta a confusion, es que el ICL proporcionado por el BNA es un indice y no un %, por lo que para realizar el calculo lo que necesitamos es la variacion de ese indice que se da del cociente de los mismos, con lo cual obtenemos ahora si un % que puede ser multiplicado por el valor del alquiler.
Solo eso, muy atento Jose a las respuestas y a la divulgacion de esto.
Saludos
muy buena explicación
Una consulta.
Inicio de alquiler 1/8/2020
Actualización anual al 31/7/2021
En mi contrato dice que el «ICL se calcula tomando el ultimo indice mensual publicado
Correspondiente al mes anterior en que deba aplicarse el incremento anual»
Tomo el índice de 30/6 entonces?
Hola Victoria,
Mira, el incremento es anual, con lo cual hay que calcular el aumento durante los últimos 12 meses, esto seria tomando en ICL del 31/07/2021. Quizás esta media confusa la clausula, y se puede interpretar como vos decís pero yo interpretaría que el incremento se aplica a partir del 1/08/2021 con lo cual el ultimo índice publicado del mes anterior seria el correspondiente al 31/07/21.
En todo caso te diría que lo hables bien con la inmobiliaria o el propietario según corresponda.
Saludos.
Una Consulta
Inicio de alquiler 21/09/20
Actualizacion anual 21/09/21
Yo pago $10.000 y ahora me quiere hacer un aumento del 0.40 % para septiembre..es correcto eso?
Hola Josefa, gracias por leer el blog…
Supongo que te referís a un aumento del 40%
Para hacer la cuenta exacta tenés que esperar hasta que se publique el índice del 21/09/2021, pero si haces la cuenta hasta hoy (23/08/2021) el aumento seria de un 43,26% (ICL inicial 1.04 – ICL final 1.49), con lo cual el aumento que te quieren hacer es inferior al que correspondería a día de hoy. Habrá que ver cuanto da cumplido el año.
Saludos.
Muchas gracias por la explicación, muy clara. Ya que no tenía ni idea de como se calculaba. Esperemos que este índice no se vaya por las nubes.
Hola, Jose, muy bueno el blog, quería saber una estimación de ajuste (aunque aun no este publicado por el B.C.R.A.), para un contrato de alquiler, con inicio 01/12/2020, esperando tu respuesta positiva te mando un saludo.
Hola Romina, gracias por leer el blog…
Mira, es muy difícil hacer una estimación de acá hasta Noviembre que es cuando vence tu contrato ya que el índice depende de dos factores, la inflación y el RIPTE.
Pero si te sirve como referencia el ajuste en el último año (hasta Agosto) fue de 47% con una inflación de 51/52% en ese mismo periodo, es decir que el ICL fue 4 o 5 punto menor.
Siguiendo el mismo análisis y estimando que la inflación siga en el orden del 3% mensual para Noviembre tendrías acumulado 45.3% (aprox.) Con lo cual el ajuste no debería superar ese valor, e incluso podría ser un poquito menos, pero como el RIPTE es probable que vaya parecido a la inflación me inclino a pensar que va a ser en torno al 45%.
Como te decía antes es muy difícil hacer futurología asique por favor tomalo solo como una referencia no como algo exacto.
Saludos.
hola yo tendria que renovar alquiler en junio del 2022 que tendria que empezar a pagar 20000 pesos, cuanto seria el aumento en junio de 2022??..ya por lo que entiendo que es por año y el contrato por 3!!!muchas gracias
Hola Ezequiel, gracias por leer el blog…
Para poder calcular el aumento tenes que esperar hasta Junio de 2022, ante es imposible saberlo porque en valor del ICL recién se publicará en esa fecha, con lo cual no podes hacer el cálculo anticipadamente.
Saludos.
Bueno muchas gracias por información pero más o menos un cálculo cuanto aumenta en promedio por que a mi el 31/05/22 se me vence el contrato que es la ley vieja…Y si acepta mantenerme lo que me viene cobrando empezaría pagando 20mil pero no me podría aumentar hasta junio del 23 quería saber cuanto más podría ser que tendría que pagar??…igual gracias por tu tiempo!!!
Ezequiel, es casi imposible saber de cuanto sera el aumento con tanto tiempo de anticipación, recorda que depende de la inflación y el RIPTE. Disculpa pero no puedo decirte más que eso.
Saludos.
Hola, está todo muy claro explicado. Pero… ¿dónde está normado o reglamentado la fórmula para calcular el aumento? Recorriendo algunos sitios, algunos los calculan de manera diferente. ¿Que quiero decir? Hay fórmulas que multiplican los índices, otras que los dividen, así como también otras que sacan un coeficiente entre el índice de cuando se firmó el contrato y el índice cuando se debe actualizar. Consulto esto porque los resultados son distintos y necesito saber cuál es la fórmula correcta
Hola Oscar, gracias por leer el blog…
Es verdad, hay confusión al respecto…
Mira, lo que hay que calcular es que variación porcentual que tuvo el índice en un determinado periodo que generalmente es un año. Esto matemáticamente se logra dividiendo los índices correspondientes al inicio y final del periodo a calcular. Es simplemente un cálculo matemático.
Pero más allá de eso te transcribo a continuación un párrafo de la «Comunicación “A” 7096 del BCRA» donde además de explicar como se calcula el ICL, indica como se deben realizar los ajustes entre dos fechas determinadas.
«Dada una tabla de ICL diarios, cuando se proceda a computar el ajuste entre dos fechas (entre s y s+r), el factor a aplicar surgirá del cociente entre el coeficiente del día de actualización (s+r) y el coeficiente del día de inicio (s).»
Dice claramente que se debe aplicar el «cociente» entre los coeficientes.
Saludos.
Buenos dìas, agradezco la explicaciòn, me resultò sumamente ùtil
Me alegro mucho Elena, saludos.
Hola tengo una duda, el alquiler es de $6000 y con los icl quedaría así:. 6000/1.05×1.53 = 8.742 pero a esta fórmula como le aplicó el Ripte????
Hola Franco, gracias por leer el blog…
El Icl se calcula teniendo en cuenta el RIPTE y la inflación con lo cual en el cálculo que hiciste ya estas teniendo en cuenta el RIPTE.
El nuevo monto del alquiler es $8742.
Saludos.
Hola! Consulta cuál es el nuevo coeficiente para calcular este mes el aumento del alquiler. Estoy pagando $20.000, cual es el valor que pagaría en Octubre, luego de haber pagado un año el mismo valor. Desde ya muchas gracias. Saludos.
Hola Natalia, gracias por leer el blog…
Durante el periodo 01/10/2020 a 30/09/2021 el aumento es de 47.61 %, con lo cual a partir de octubre debes pagar $29.522.
Saludos.
Desde ya muchas gracias por la pronta repuesta. Es muy amable. Éxitos
Mis preguntas son las siguientes :
1) Mi contrato caduca el 30-11-2021 para renovarlo debería sacar el coeficiente del mismo mes , pero del año anterior?
2) Me comunicaron que para renovar el contrato, el monto se iria a $20.000 (en Diciembre), tan solo el 1er año.
Actualmente y hasta la finalización del contrato (30 de Noviembre), el monto es de $9.600. O sea q me incrementa un 108,3 % este ultimo porcentaje es valido que el propietario aplique? .
Aguardo su respuesta , agradeciéndole su tiempo por responder. Gracias
Hola Marcelo, gracias por leer el blog…
En las renovaciones no es obligación utilizar el índice para calcular el aumento, es decir el propietario o la inmobiliaria pueden ajustar el monto del alquiler en el porcentaje que consideren conveniente. Luego los ajuste anuales si tendrán que realizarse de acuerdo al ICL.
Saludos.
Hola José, te consulto soy propietario, poseo un alquiler de $26.000 peso, de acuerdo a la nueva ley el ICL , a tres años, el primer año vence el 30 de noviembre 2021. De acuerdo a la formula, del IPC el ajuste cuanto sería?
Gracias.
Saludos!
Hola José, te consulto,poseo un alquiler de $26.000 peso, de acuerdo a la nueva ley el ICL , a tres años, el primer año vence el 30 de noviembre 2021. De acuerdo a la formula, del IPC el ajuste cuanto sería y debería pagar?
Gracias.
Saludos!
Hola Amelio, gracias por leer el blog…
Mira, para realizar el cálculo vas a necesitar el valor del índice del día 30/11/2021, con lo cual vas a tener que esperar hasta esa fecha, antes es imposible realizar el cálculo.
Saludos.
Muchas Gracias por tu atención y predisposición.
Saludos!
Hola necesito consultar sobre el porcentaje que debe cobrar la inmobiliaria al renovar contrato. Mí duda es de que monto sacaría el porcentaje que debo pagar. Si solo se sabe el monto del primer año de alquiler?.
Muchas gracias.
Hola Valeria, no se de donde sos, pero acá en Entre Ríos se cobra el 5% del total del contrato. Es decir, tenés que multiplicar el primer mes de alquiler por 36 (meses de duración del contrato) y calculas el 5% del resultado.
Saludos.
excelente la explicación !!!!
Consulta : solo para tener una mínima noción ya que mi primer año sera en 01/06/2022 y hasta esa fecha no sabre cuanto sera el % podría pensar en un casi 60% + de lo que estoy pagando $18.500
Hola María, gracias por leer el blog…
Es muy difícil hacer un pronóstico, si la inflación se acelera a niveles superiores a los actuales podría llegar el aumento a ese porcentaje, esperemos que no ocurra.
Saludos.
Gracias José!! ? esperemos que no ?
siento que esta ley no ayuda mucho al inquilino ?
hola, muchas gracias por la información!
es decir que, si debo renovar el contrato el 1 de dic de 2021, el locador fija un monto (ya que no es obligación ajustarse el ICL) y transcurrido el año (1 de dic de 2022) se calcula el aumento por dicho índice, estoy en lo cierto?
Exactamente Victoria es así…
Saludos.
Buenas Noches! Quería consultar en mí caso renové contrato por dos años en 2019 por lo que me tocaría renovar en diciembre de este año! Actualmente pago $13500 y la inmobiliaria me pasó un precio de $22000, el primer año, para la renovación! Cómo puedo saber si está bien ese valor? Xq mí renovación fue antes de la ley Muchas gracias!!!
Hola Silvana, gracias por leer el blog…
Al ser una renovación el propietario o la inmobiliaria pueden aplicar el aumento que consideren necesario. Luego los aumentos anuales deberán ajustarse mediante el ICL ya que el nuevo contrato estará regido por la nueva ley de alquileres.
Saludos.
Buen día como estas ?
Disculpa las molestias
Quería saber como puedo hacer un calculo APROX de lo que deben aumentarme para la renovación del contrato de alquiler, actualmente regía el anterior contrato de 2 años.
Pero ahora entiendo es con el de 3 años, y según lo que calculé el ICL (ahora paga $33000) me da $49000 aprox (un 48,62%), pero entiendo que ICL es solo para el aumento anual, como calculo la renovación? o que ítems debo tener en cuenta para ver si esta bien lo que están haciendo.
Me quieren aumentar el 100% y me dieron 2 opciones:
1 hacer un contrato por 2 años a $65 (entiendo no rige mas 2 años)
2 hacer un contrato por 3 años a $68
Es decir, cual sería el porcentaje LEGALMENTE en el que pueden aumentar tanto de lo que es ICL como lo que es RENOVACION, se puede hacer el 100% ?
Aguardo tus comentarios
MIL GRACIAS POR LA INFO QUE BRINDAS, me ayudo para calcular ICL.
Hola Vic, gracias por leer el blog…y me alegro que te haya sido útil.
Mira, al ser una renovación el propietario o la inmobiliaria pueden aplicar el aumento que consideren necesario,(no hay regulación al respecto), es decir te pueden pedir un 100% de aumento. Luego los aumentos anuales deberán ajustarse mediante el ICL como bien decís y legalmente el contrato debe ser por 3 años.
Espero haber respondido a tu pregunta.
Saludos.
Hola. Excelente explicación. Mi contrato inicio 01/102020.
Valor inicial $10.000
ICL Octubre 2020 = 1,05
ICL Octubre 2021 = 1,56
Segun mis cálculos debo abonar $ 14. 857
El aumento es del 48, 5%
La inmobiliaria interviniente realiza esta fórmula: $10.000 x1,55 = $15.500 y me dicen que el aumento es del 55%.
Esta forma de cálculo es correcta también? Porque no encuentro reglamentación a cerca de la forma de realizar la fórmula. Gracias!
Hola Vero, gracias por leer el blog…
Tu calculo es correcto, el aumento debe ser de 48.57%, no se porque la inmobiliaria lo calcula distinto, no es correcto multiplicar directamente por 1.55% porque eso te daría el aumento desde el 01/07/2020 pero tu contrato es a partir del 01/10/2020.
Te transcribo a continuación un párrafo de la «Comunicación “A” 7096 del BCRA» donde además de explicar como se calcula el ICL, indica como se deben realizar los ajustes entre dos fechas determinada.
«Dada una tabla de ICL diarios, cuando se proceda a computar el ajuste entre dos fechas (entre s y s+r), el factor a aplicar surgirá del cociente entre el coeficiente del día de actualización (s+r) y el coeficiente del día de inicio (s).»
Dice claramente que se debe aplicar el «cociente» entre los coeficientes.
Espero te sea de ayuda, saludos.
Gracias por la info de la página del Banco Central. Lo voy a imprimir para tener la referencia. Saludos!
Buenos días. Si la inmobiliaria interviniente utiliza una fórmula diferente para calcular el aumento de alquiler en beneficio del locador, estaría haciendo incurrir al propietario en el delito de estafa?
Eso ya seria materia de consulta para un abogado. En principio te diría que lo hables con la inmobiliaria porque todavía a bastante desinformación acerca de como hacer el calculo.
Saludos.
Hola.
Me interesa saber como se realiza el cálculo de actualización para el tercer año del alquiler.
Muchas gracias
Hola Claudio, gracias por leer el blog…
El calculo para el tercer año se hace de la misma manera que los anteriores. Tenes que tomar los índices correspondientes a primer dia de ese año y el del ultimo dia, luego haces el calculo como se explica en la nota.
Saludos.
Hola Jose.
gracias por responder.
La explicación que da «Inquilinos Agrupados», sobre el calculo de aumento para el tercer año, no coincide.
Menciona que no es acumulativo, y toma como referencia para el cálculo del tercer año, el valor de Ingreso a a vivienda.
Te adjunto Link.
https://www.c5n.com/economia/aumento-alquileres-como-se-calcula-la-actualizacion-del-precio-n1457?fbclid=IwAR3W9qq5VA9mks44sAosxkcaBjvzo6sYU1Usmb8qoBhO_CgTsUqOS7vr1KA
Claudio es lo mismo que te estoy diciendo yo nada mas que lo podes calcular de diferentes maneras.
A ver si te lo puedo explicar con el mismo ejemplo del video.
Primer año $ 10.000
Si el primer año sube 50% quiere decir que el índice pasó de 1 a 1.5
Entonces el cálculo es 1.5 / 1 = 1.5 luego 10.000 * 1.5 = $ 15.000
Si luego el aumento es de 40% como indica el ejemplo del video quiere decir que el índice subió de 1.5 a 1.9
Entonces el cálculo sería 1.9 / 1.5 = 1.27 luego 15.000 * 1.27 = $ 19.050
Ahora, si querés usar el precio inicial del alquiler tenés que hacer directamente 10.000 * 1.9 = $ 19.000.
Fijate que de la manera que lo hagas el precio del tercer año te da $ 19.000 como indica el video del ejemplo.
Espero haber sido claro, saludos.
Hola, debo notificar al inquilino15 dias antes sobre el nuevo monto. Como calculo si el BCRA publica el ICL dia a día?
Gracias
Hola Sergio, gracias por leer el blog…
Mira ese es un tema de controvertido porque como bien decis tenes que notificar 15 días antes cuando todavía no tenes el dato del ICl correspondiente.
En nuestro caso, luego de debatirlo bastante entre colegas, decidimos notificar 15 días antes el nuevo monto con el ICL de ese dia, para que el inquilino tenga una idea de cual va a ser el aumento y se le notifica que pasados esos 15 dias se vuelve a calcular el monto exacto.
Espero haber sido claro, saludos.
Hola buen día! Me podrías asesorar de cuanto será la suba más o menos de los alquileres para el 2022, yo alquilo un departamento y me suben cada 6 meses el alquiler. Cuanto seria el porcentaje q me tendría q subir en enero
Hola Erica, gracias por leer el blog…
Si tu contrato se actualiza cada 6 meses seguramente es anterior a la nueva ley de alquileres (si no debería actualizarse anualmente) con lo cual el porcentaje de aumento debe estar estipulado en el contrato. Es decir, la forma de calcular el porcentaje de aumento que se describe en esta nota no aplica para tu contrato.
Saludos.
Hola cómo estás? Hace 4 años alquilo una casa ( bs as zona sur) pagando 42000 el segundo año. Sin contrato y de palabra. Ahora en febrero habría que renovar y me quiere cobrar 59000. Me parece una locura. Me dió la explicación de que el alquiler se debe ajustar según bolsas de cemento. Que serían 58 bolsas. Y por eso el precio. Suele hacerse eso? Cuál es el índice oficial para ver ese precio? Se puede aplicar? Muchas gracias
Hola Analía, gracias por leer el blog…
Si no hay contrato y es todo de palabra no hay índice con el cual regirse. Incluso si tuvieras un contrato que se vence en Febrero y tendrías que renovar, el propietario puede pedirte el aumento que considere adecuado ya que en las renovaciones no esta obligado a regirse por ningún índice.
Por ultimo no me parece una locura el aumento considerando que los contratos que se están actualizando por ICL rondan en 50% de aumento y a vos te esta pidiendo un 40.5%
Espero haber respondido a tu consulta.
Saludos.
Hola me podrías decir cuanto es el aumento si yo estoy pagando 15000 x mes y ahora se me cumplen 6 meses y me esta pidiendo que le page 19000 .me podrías sacar el cálculo usted?
Hola Gonzalo, es un 26.7 % de aumento.
Saludos.
En primer lugar, felicitarte por la paciencia en contestar a todos y además con la claridad con que lo hacés. Soy propietaria de un local comercial y me pregunto, ya que debo renovar un contrato, qué se aproxima más a la realidad inflacionaria… la indexación por indice como explicaste tan claramente o la indexación por el indice de la C.A.C.? Aclaro que indexo semestralmente. Gracias por contestar. Fue un hallazgo este blog.
Hola Sandra, gracias por leer el blog…
Si, siendo un alquiler comercial podes actualizar por Índice C.A.C., entiendo que la pregunta es como hacerlo. Tenes que tomar los valores de cada mes (de los 6 que querès calcular) y ver cual fue la variación acumulada en ese periodo y lo aplicas al precio actual del alquiler. Si querès pasame el periodo que querès calcular y veo si te puedo ayudar.
Saludos.
Terminé un contrato de dos años con $ 63.638 más IVA. Era un contrato anterior a la nueva ley y se renovaba con el 18% semestral. Soy de RIO NEGRO. deberia tomar el último semestre 2021.
Lo de ICL lo entendi perfecto gracias a tu claridad. No sé como se hace con C.A.C. no sabía que se usaba para indexar contratos) y te agradeceria lo expliques, pero repito la pregunta: ¿ cuál de los dos modos sería el que más se acerca a la inflación real? y ¿ambos índices terminan con un resultado parecido entre si?
El contrato nuevo, al igual que el anterior, lo indexaremos semestralmente pero no sé qué conviene.
Para hacer el ajuste de alquiler con el índice de la construcción el cálculo es igual que con el I.C.L, nada mas que usas los valores del C.A.C. (a estos valores los podes buscar en internet)
La formula que Tenes que usar es: Precio actualizado = Precio del alquiler x (C.A.C inicial / C.A.C final)
Entiendo que tu alquiler fue de $63.638 hasta diciembre de 2021 con lo cual la actualización sería así:
Precio actualizado = $63.638 x (1234.3 / 1011.3) = $77.670 (lo que representa un 22.05% de aumento semestral).
Espero haber sido claro, y con respecto a que índice utilizar, I.C.L o C.A.C, yo eligiría C.A.C debido a que es posible que la ley de alquileres se vuelva a modificar (ya hay un proyecto presentado) y no sabemos que puede pasar con el I.C.L
Saludos.
DE NUEVO, MUCHAS GRACIAS!!! CLARISIMO!!!!
Hola, buen dia
Un caso muy especial como se calcula el aumento del monto del alquiler en una renovación de contrato.
Pero el contrato anterior esta con la ley sin ICL y también cabe destacar que no hay valor de ICL cuando comenzó el contrato. Gracias.
renovación: 01/05/2022
contrato anterior comenzó: 01/05/2020
monto actual del alquiler: 20000 (abril 2022)
Si se renueva el contrato cual sería el monto para el primero año?
Gracias.
Hola Juan…
En las «renovaciones» de contrato no hay regulación para establecer el nuevo precio.
Es decir, el propietario puede aumentar el precio en el monto que considere necesario sin tener que regirse por ningún índice. Luego lo próximos aumentos anuales si deberán hacerse teniendo en cuenta el I.C.L.
Saludos.
Hola buenas noches el 30 de junio me vence el año de alquiler pago 14.500 cuanto debería empesar a pagar a partir de junio? Gracias
Buenas Tardes Suarez Wilson,
No podría responderle con exactitud porque falta un mes para poder realizar bien el calculo ya que el valor del índice del 30 de Junio se publicará en esa fecha.
De todas maneras los aumentos vienen siendo de entre 50% y 55% con lo cual seguramente a partir Julio pasará a pagar entre $21.750 a $22.475 aproximadamente. Pero como le dije antes el cálculo final lo podrá realizar una vez que se publique el valor del ICL correspondiente.
Saludos.
Buenas tardes. El motivo de mi mensaje es por una duda en cuanto al aumento del alquiler bajo la nueva ley de alquileres.
Por ejemplo, si al inicio del contrato (2020) el monto era de $10000 y el indice del primer año fue 50% pasaria a $15000. Mi duda es si el siguiente aumento se calcularia sobre el monto inicial de $10000 o sobre el monto de $15000 que venia abonando.
Espero haya expresado bien mi consulta y desde ya muchas gracias
Hola David, entiendo tu pregunta.
Para el segundo año tenés que calcular el aumento de ese año (mediante los índices) y lo aplicas al monto que venís pagando, en tu caso $15.000.
Si quieres también podrías calcular el aumento total, con el índice del día uno del contrato y el correspondiente al último día del segundo año, y ese aumento total si lo aplicarías al monto inicial de $ 10.000.
Espero haberme explicado bien, saludos.
HOLA BUENOS DIAS,ALQUILE ME CASA POR 3 AA ÑOS EL 31 DE ENERO DEL 2021,A 22.0000,AL AÑO PASO A 31000,Y QUERIA SABER EN ENERO DEL 2023 A CUANTO SE LE IRIA?! MUCHAS GRACIAS POR SYUDARME
Hola Verónica, para saber exactamente el aumento tenes que hacer el cálculo como se indica en la nota, pero deberás esperar a que se acerque más la fecha porque el valor del índice que vas a necesitar (el del 31 de Enero de 2023) se publicará recién en Enero.
Saludos.
hola, quisiera saber cual es el monto del alquiler, contrato firmado el 15 de agosto del 2021, con un alquiler mensual de $120.000, este 15 de agosto del 2022, se incrementa según ley, en cuato por este segundo año, gracias
Hola Juan Manuel, el precio pasa de $120.000 a $194.595.
Saludos.
Buenas noches,quería saber…yo alquile en oct 2020 x 15000 en 2021 estoy en 20,500 ahora en oct 2022 a cuanto se me iría el alquiler,no logro sacar la cuenta
Buen día Alejandra, tenés que tomar los índices del 1/10/2021 (1.56) y del 30/09/2022 (2.61) con lo cual 2.61/1.56 = 1.673 luego 20.500 * 1.673 = $34.296
Saludos.
Hola, tengo una consulta.
Comienza el contrato en noviembre 2020 (ICL: 1,07) a $17000 pesos. Noviembre 2021 varía a 49.53% (ICL;1,60) = $25420. Noviembre 2022 el índice vario a 73,12%(ICL:2,77) = 44009$
Si saco la variación del índice desde que comenzó el contrato (1.07) al segundo año (1.60) me da una variación del 49,53%. Si continúo, es decir a noviembre 2022 la variación es del 73,12%. Si sumo esas variaciones resulta 122%. En cambio si saco la variación del índice directamente de noviembre 2020 (1,07 ICL) a noviembre 2022 (ICL 2,77) es de 158%. Porque los valores resultan diferentes?
Hola Oscar,
El error es sumar los porcentajes, haber si lo puedo explicar de una manera sencilla…
Supone que alquiler vale $100 y el aumento del primer año es de 50% y el segundo año es también de 50%. Si haces una suma te da que el aumento es de 100% es decir que el alquiler pasaría a ser de $200
Pero la realidad es que el primer año aplicas el 50% de aumento a $100 con lo cual el alquiler pasa a $150. Pero cuando aplicas el segundo aumento de 50% lo haces sobre $150 es decir, el alquiler pasa a $225
Si te fijas, ahora estas pagano $125 mas que cuando arrancaste que representan un 125% de los $100 iniciales.
Si lo haces con tu ejemplo pasaste de pagar $17.000 a $44.009 es decir $27.009 mas que al principio. Esto representa un 158% de aumento (27.009*100/17.000 = 158). En cambio si solamente sumas los dos porcentajes te da 122%
Espero haber sido claro, cualquier cosa me consultas de nuevo.
Saludos.
José, muchas gracias por tomarte el tiempo para responder mi duda. Quedo todo muy claro. ¡Saludos!
De nada, saludos.
Hola, firmé un contrato de alquiler habitacional a 3 años desde el 15/5/22 y según el contrato y la nueva ley el aumento debe ser recién al año, y ahora cuando fui a pagar el alquiler me dijo el martillero que capaz que me hacían un ajuste antes de año porque el valor del alquiler estaba muy devaluado y que eso estaba permitido por ley. Yo volví a leer el contrato y no dice nada de ese posible ajuste antes del año y tampoco encuentro nada en la ley de alquileres que lo pemita. Es legal ese ajuste? Cómo me conviene proceder en caso de que no lo sea? Me pueden desalojar si no acepto ese ajuste en el precio del alquiler antes del año?
Espero tu respuesta. Gracias por todo!
Hola Juliana…
No se que dice el contrato que firmaste, pero de acuerdo a la nueva ley de alquileres el ajuste del precio solo se puede hacer anualmente, cualquier otro ajuste antes de tiempo estaría fuera de la ley. Si no aceptas el ajuste anticipado no tendría porque ser causal de desalojo. Si no lo podes resolver por tu cuenta deberías consultar con un abogado.
Saludos.
Muchas gracias por responder. Un genio!!
Buenas tardes. Bueno el blog!!
Estoy por iniciar tercer año según Ley Vigente. Contrato empezó 01-12-2020 , que fue la fecha de INICIO para actualizar (x «calculadora») el 2º año, a partir del 01-12-2021 (hasta 30-11-2022). Para el tercer año, creo no equivocarme la fecha de INICIO que se coloca en la calculadora es 01-12-2021, o sea el inicio del 2º año). Agradeceré una pronta respuesta para controlar lo que propietario me ha dicho pagar . Muchas gracias!!
Hola Ricardo…
No se que calculadora usas vos, pero la mayoría de calculadoras que conozco te pide fecha de inicio y el monto del alquiler. Dicho esto Tenes dos opciones:
1. Pones la fecha de inicio del contrato (01/12/2020) y el monto inicial (no se de cuanto fue). La calculadora te mostrara el aumento del segundo año y también el aumento del tercer año (montos y porcentajes correspondientes).
2. O bien, como vos planteas, pones fecha de inicio 01-12-2021 pero recordá que en este caso el monto del alquiler que debes colocar es el monto que estas pagando actualmente (no el del inicio del contrato).
Mas allá de eso el aumento para contratos que se actualicen en diciembre, que es tu caso, será del 77.57 % (ya están publicados los valores para hacer el cálculo).
Espero te sirva la respuesta, saludos.
Buenas tardes. Muchas gracias por la pronta respuesta…!!
Hay varias calculadoras dando vueltas por la web… se puede acceder a alguna de un Colegio de Corredores y Martilleros de Zona Norte o también la misma de CABAPROP que es del CUCICBA , entre otras… No estaba tan errado con colocar la segunda opción tomo INICIO el inicio del 2º año y la actual como fecha de cálculo (según Cláusula deben comunicarme 15 días antes del vencimiento del 2º año 30-11-2022). Así la inicial será 01-12-21 y la fecha final la de cálculo del ajuste (pongamos 15 o 16/11)… y el monto para el cálculo es lo que pagué en todo el 2º año ($ 30.427,-) lo que me está dando $52.556,- (+72,73%)
Ricardo, tene en cuenta que el aviso se tiene que hacer 15 días antes del aumento pero el cálculo hay que hacerlo para el año entero es decir del 01/12/21 al 01/12/2022.
Saludos.
Hola estoy abonando de alquiler $26.000 en Febrero del 2023 debo de abonar con el aumento a cuanto se me iría? Gracias!!!
Hola Lorena…
El Cálculo para saber el aumento de Febrero recién lo vas a poder hacer en ese mes porque ahora no vas a tener los valores del índice. Te recomiendo vuelvas a leer la nota donde se explica paso a paso cómo hacerlo, o bien podes usar una calculadora online, como te quede mas comodo.
Saludos.
Buenos días,
Abuso de su predisposición con la siguiente duda: ¿cómo debe computarse el aumento si el contrato inició a MEDIADOS de mes? (todos los ejemplos que encuentro asumen que el contrato se firma el día 1)
Por ejemplo, si el contrato está fechado el 16/12/2021 (por dic 2021 se pagó la parte proporcional de ese mes) ¿Que aumento debe abonar el inquilino en Diciembre de 2022?
– Si tomo el ICL del 01/12/2021 al 16/12/2022 da 77.58%.
– Si tomo el ICL del 01/12/2021 al 01/12/2022 da 79.28%.
– Si tomo el ICL del 16/12/2021 al 01/12/2022 da 73.37%.
¿Es el mismo valor el que aplica para el mes 12 y para el mes 13? ¿o debe prorratearse el mes 12, tomando los primeros días al valor inicial y los últimos con el importe actualizado?
Saludos
Hola Mariano, el aumento es anual, es decir debe incluir 12 meses completos con lo cual en este caso deberías tomar desde el 01/12/2021 al 01/12/2022 mas aun si el primer mes se pago solo el proporcional del mes.
Saludos.
buenas tardes para contratos semestrales de comercio se debe tomar el icl del inicio y el icl del mes 7 y hacer el calculo, gracias
Hola Verónica,
Si para hacer el calculo cada 6 meses deberías tomar el índice del inicio y el del ultimo día del sexto mes o en su defecto el correspondiente al primer día del mes 7.
Saludos.
Buenos días y felicitaciones por tu artículo
Mi consulta es la siguiente
Cobre un canon locativo todo el año 2022, me lo depositaronn los dias 10 (o siguiente, cuando es feriado) por un acuerdo firmado el 13 Diciembre 2021
Tengo que hacer la actualización del valor para el periodo 1 Enero / 31 Diciembre 2023
La otra parte me lo quiere hacer tomando como fecha de ajuste la de la firma del acuerdo (13/12)
Yo creí que debía ser cuando me abona (10/01)
y al leer tu artículo vi que se toma el inicio del mes nuevo (1/1) o fin del mes anterior (31/12)
Cual seria entonces la opción correcta para aplicar al nuevo periodo 2023, que me depositn generalmente los días 10? (o sea, lo que me deban depositar antes del próximo día 10 Enero)
Desde ya, muchas gracias
Un saludo cordial y mis mejores deseos de Felices Fiestas Navideñas y Año Nuevo
Hola Eduardo…
En primer lugar el periodo del contrato locativo y la forma de actualizar el precio debería estar bien detallado en el contrato para evitar confusiones.
Segundo, lo que deberías que tener en cuenta para realizar la actualización es el «periodo del contrato» y no tanto la fecha de cobro, pues aunque te pagan el día 10 de enero, por ejemplo, lo que te están abonando es el precio de todo el mes de Enero.
Lo que no me queda claro es si el periodo va desde Diciembre de 2021 a Noviembre de 2024 o de Enero de 2022 a Diciembre de 2024 mas allá de la fecha en que se realizo la firma (13/12/2021)
Como me decís que tenes que actualizar para el periodo 1 Enero / 31 Diciembre 2023 entiendo que es la segunda opción, con lo cual deberías tomar desde el 1 de Enero de 2022 a 31 de Diciembre de 2022 independientemente de cuando te realizan el pago.
Caso contrario deberías tomar desde el 1 de Diciembre de 2021 a 31 de Noviembre de 2023.
Espero haber sido claro y no haberme equivocado con las fechas, cualquier duda me escribís de nuevo…
Saludos.
Gracias por la pronta respuesta
Es correcto tu deducción, es la segunda opción
En este caso coincide con el año calendario, o sea los periodos son Enero/Diciembre completo
Me quedaría una duda, por una ‘sutileza’
Los números índice que debería tomar para el cálculo del ajuste, son 1 Enero y 31 Diciembre del 2022, o ambos 1 de Enero de 2022 y 2023?
Desde ya muchas gracias otra vez
Y mis deseos de Feliz Navidad
Yo entiendo que lo correcto es de 1 de enero a 31 de Diciembre, pero podes tomar ambos 1 de Enero si quieres, creo que las calculadoras online lo toman así, de todos modos la diferencia es mínima.
Saludos y Feliz Navidad…
Está incorrecto el cálculo. Si el contrato inicia el 1 de enero de 2021, el ajuste debe hacerse con el valor del índice al 1 de enero de 2022 y no al 31 de dic de 2021.
Si bien la diferencia no es material, muy mal que una página que busca esclarecer la metodología no lo haga de la forma correcta. MAL!!!
Hola Gabriel, creo que tenes razón, la manera correcta (estrictamente) seria tomar el valor índice al 1 de enero de 2022, gracias por marcarlo.
Este tema puntual fue un tema de controversia cuando inicio esto del ICL, había opiniones encontradas, si te fijas mi respuesta fue «yo entiendo que….»
Gabriel esta no es una pagina oficial ni mucho menos, simplemente es un blog donde intentamos (desde nuestro humilde lugar) brindar información acerca del rubro y aclarar algunas cuestiones pero obviamente podemos cometer errores. Lo bueno es poder debatir y encontrar soluciones asique te agradezco nuevamente tu comentario.
Saludos.
Tengo contrato de 3 años,en 2021 pague $ 24.000 y en febrero de 2022 se me fue a $36.000 CTO debería pagar en febrero del 2023 que me corresponde el aumento..
Muchas gracias espero su respuesta
Hola Isabel, no te podría responder exactamente porque todavía no sabemos cual va a ser el ICL de Febrero, pero si lo calculas con el ultimo valor publicado (3.20 al 16/01/2023) te da un aumento de 80.79% con lo cual empezarías a pagar $65.085. Pero ya te digo, esto es un aproximado, para saber exactamente vas a tener que esperar un poco.
Saludos.
Hola, buenas tardes. Soy propietaria de un local comercial alquilado con contrato desde el 1 de enero de 2021 por 3 años con indexacion anual. Por considerarlo totalmente injusto para el propietario debido a la impresionante inflación de este último año, propusimos al inquilino otro tipo de indexacion y él sugiere la semestral. Conviene? Y, cómo se calcula? Gracias!!!! Excelente blog!!!!
Hola Virginia, si están de acuerdo lo pueden hacer semestral. Y el ajuste lo pueden calcular cada seis meses con el índice o como ustedes acuerden pues en los alquileres comerciales no es obligación ajustarse a ningún índice en particular. Es más, podrían establecer de antemano cuál será el aumento pasados los seis meses.
Saludos.
Hola,, perdón pero soy medio burro y no entiendo ,,,firme contrató en marzo del 2020 ,empezando a pagar 17 .000$ y ahora me toca pagar con el último año ,,en la actualidad pago 25.000$ cuanto tengo que pagar ahora
Hola Amado, si el contrato se firmó en Marzo del 2020 todavía no regía la Ley nueva de alquileres con lo cual el aumento de los alquileres deberían estar especificados en el contrato.
Saludos.
Buenas tardes, no estaría entendiendo, al valor del alquiler se lo toma con las expensas? o solo el valor del alquiler bruto?
Me olvide de agregar, el contrato lo inicie en el 2022 y ahora pasaron que el icl es de 92%, el valor del alquiler de 25000 y expensas de 4500. Cuanto me tocaría abonar?
Hola Hernan, el valor del alquiler se toma sin contar las expensas. Para decirte cuánto deberías abonar ahora tendría que saber cuando empezó el contrato.
Saludos.
El mes próximo renuevo contrato x 2 años termino pagando en abril un 4 amb.de 40 años cfte en $50.700 qro saber un valor aproximado de lo q. Me pueden cobrar y CTO me pueden ajustar semestralmente me podrías decir aproximado el porcentaje de ajuste vivo en devoto norte a 1 cuadra de av.san Martin se que no es legal pero alquile siempre así…m.gracias espero tu contestacion
Hola Isabel, lamentablemente no te puedo ayudar en cuanto a valores ni a porcentajes de actualización porque no soy de BsAs. Lo que sí te puedo decir es que si es una renovación te pueden aumentar el precio en el porcentaje que ellos consideren necesario ya que no están atados a ningún índice.
Te pido disculpas pero más que eso no te puedo decir. Saludos.
Buenas tardes, una consulta por favor, el 1/10 e cumple el segundo año de mi alquiler y tengo que actualizar el precio, ¿saben si es correcto que haya que poner el monto INICIAL del contrato en las calculadoras que hay en varias webs que hacen la cuenta automáticamente cuando uno ingresa la fecha de inicio de contrato y la fecha de actualización?que haya que poner ese monto inicial figura en algún escrito/ley o en algún lado?porque creí que ese monto inicial solo se ponía al cumplirse el primer año de alquiler y no también en el segundo..si por favor pudieran aclararme esa duda.
Mil gracias, saludos
Hola Virginia, si puede ser asi, depende de la calculadora que estes usando.
Saludos.
Hola es verdad que se puede calcular el aumento de alquiler por la cantidad de bolsa de cemento que invirtió en una casa estaba pagando 41.000 y ahora me quiere cobrar 140.000 por q aumento la bolsa de cemento
Hola Jorge, a partir del nuevo decreto del gobierno es posible ajustar los alquileres de la manera que las partes establezcan. Pude utilizarce cualquier indice como el ICL o el IPC e incluso podria ajustarce teniendo en cuenta el precio de la bolsa de cemento.
Saludos.
Hola José, buenos días. Tengo una duda respecto al monto a utilizar para realizar la actualización anual en base al ICL, debido a que el contrato inicio en junio de 2023 por un canon de $42mil pero dentro de ese año se establecieron aumentos mínimos y para el siguiente año, que sería el que corre, se actualizará en base al ICL. Mi duda es qué canon locativo tomar para realizar el aumento, si el del inicio del contrato o el ultimo que se hizo en el año. Espero tu respuesta. Gracias!!!
Hola una consulta en mayo del 2023 ise el contrato de alquiler y este mayo cumplo un año cuanto tengo que pagar actualmente espese pagando 250.000 a los 6 meses el 40 por ciento
Haora el dueño me quiere cobrar 1.11000
Hola James, debería saber bien qué es lo que se estipulo en el contrato para poder ayudarte.
Hola, quería realizar una consulta.
El próximo mes tengo que renovar un contrato de alquiler, que se inició el 01/07/2021, con un monto inicial de $26.000. El propietario quiere renovar en $350.000. ¿ está bien ese valor,?
Desde ya muchas gracias. Saludos
Hola Ayelen, si se trata de una «renovación» de contrato el propietario tiene la libertad de pedirte el precio que crea conveniente, independientemente del monto actual.
Saludos.
El monto actual es de $81.000
Gracias